Certificado de Autorización a terceros

Trámite  habilitado por el Servicio de Rentas Internas que permite a las personas naturales o jurídicas autorizar a terceras personas la realización de trámites a su nombre.

Beneficiarios

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales o personas jurídicas que requieran efectuar sus trámites a través de una tercera persona.

Requisitos Obligatorios

Número de identificación del contribuyente

Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Procedimiento para generar el Certificado a través del Portal SRI en línea:

1. Ingrese a la opción SRI en línea del portal web www.sri.gob.ec.

2. Escoger en el panel de control «SRI en línea».

3. Seleccionar «Iniciar sesión».

4. Ingresar el número de RUC y clave.

5. Seleccionar en el menú «Certificados».

6. Escoger la opción «Autorización a terceros».

7. Seleccione la opción  «Generar autorización» y/o «Consulta autorización».

8. Marcar los servicios que desea autorizar.                                                                                                      

9. Confirme el trámite habilitado del servicio seleccionado.

10.Coloque los datos del autorizado.

11. Seleccione la fecha de vigencia del certificado.

12. Generar su autorización.

Trámite en Línea

https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: 
https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT
Para gestionar el trámite a través de la plataforma gob.ec mediante https://www.gob.ec/

Contacto

Nombre: SRI Telefónico
Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100
Correo: N/A