Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas que permite a las personas naturales o jurídicas autorizar a terceras personas la realización de trámites a su nombre.
Beneficiarios
El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales o personas jurídicas que requieran efectuar sus trámites a través de una tercera persona.
Requisitos Obligatorios
Número de identificación del contribuyente
Clave de acceso a servicios en línea
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Procedimiento para generar el Certificado a través del Portal SRI en línea:
1. Ingrese a la opción SRI en línea del portal web www.sri.gob.ec.
2. Escoger en el panel de control «SRI en línea».
3. Seleccionar «Iniciar sesión».
4. Ingresar el número de RUC y clave.
5. Seleccionar en el menú «Certificados».
6. Escoger la opción «Autorización a terceros».
7. Seleccione la opción «Generar autorización» y/o «Consulta autorización».
8. Marcar los servicios que desea autorizar.
9. Confirme el trámite habilitado del servicio seleccionado.
10.Coloque los datos del autorizado.
11. Seleccione la fecha de vigencia del certificado.
12. Generar su autorización.
Trámite en Línea
https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace:
https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT
Contacto
Nombre: SRI Telefónico
Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100
Correo: N/A
