BAJA TASA DE TURISMO

MINTUR: Ministerio de Turismo del Ecuador.

RUC: Registro Único de Contribuyentes.

RIMPE: El Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE) es el nuevo régimen aplicable en Ecuador desde el 2022 que reemplaza al Régimen Impositivo Simplificado (RISE) y al Régimen de Microempresas

GAD: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal.

BAJA TASA DE TURISMO: La Baja  de tasa de turismo se procede  para la   baja del registro o liquidación de la tasa de turismo y de obligaciones tributarias pendientes de pago, con o sin devolución de valores por pago indebido, o por cierre de actividad económica, también puede darse por cambio de representante legal.

Actividad Económica.- En esencia, una actividad económica es un proceso en el que se genera o distribuye un producto o un servicio. Al generar un producto o servicio, nuestra entidad está creando valor.

Generalmente, la creación de valor lleva a la obtención de una renta, y es ahí donde la actividad económica adquiere relevancia fiscal.

Cierre de Actividad.– En términos generales, para las entidades y empresas con personalidad jurídica, el cese supone la suspensión de todas las actividades empresariales, es decir, la entidad sigue existiendo pero en un estado de «inactividad», y la extinción implica el fin de actividades con motivo de su disolución.

El Representante Legal.- El representante legal  actúa como el “rostro legal” de la empresa y es el firmante de todas las actividades operacionales de la empresa. A su vez, tienen la responsabilidad legal de garantizar el buen funcionamiento y la posición de la empresa.

GAD.- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), son las instituciones que conforman la organización territorial del Estado Ecuatoriano y están regulados por la 

Los GAD son instituciones descentralizadas que gozan de autonomía política, administrativa y financiera, y están regidos por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad, interterritorial, integración y participación ciudadana

Beneficiarios

Persona Jurídica.- Se  considera persona jurídica o persona moral a la figura jurídica donde se genera la existencia de un individuo con derechos y obligaciones

Persona Natural o Extranjera.-  Son todas las personas nacionales o extranjeras que realizan actividades lícitas. Es aquel individuo que al actuar en su propio nombre se ocupa de alguna o algunas actividades que la ley considera mercantiles.

Requisitos Obligatorios

Cierre del RUC o RIMPE

Cierre de actividad turística MINTUR

Cierre de actividad económica del GAD Ibarra.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

En forma presencial.- Puede acercarse a las oficinas del GAD-I ubicado en la García Moreno 6-31 y Bolívar en la ventanilla de turismo llevando los requisitos para la baja del título de crédito. (inmedita)

Por vía telefónica por WhatsApp.- Contactarse con la responsable de atención en ventanilla al 0958783597, quien le entregará la información requerida para la baja del título de crédito.(inmediata)

A través del correo electrónico.- mleon@ibarra.gob.ec puede enviar los requisitos solicitados, dónde tendrá la atención de forma inmediata.

PRODEDIMIENTO:

L
a persona natural o jurídica solicita en la ventanilla de atención al cliente un turno para atención en ventanilla de turismo.

El Promotor de Turismo recepta, verifica y digitaliza los documentos del establecimiento turístico (certificado de inactivación del establecimiento otorgado por el Ministerio de Turismo).

El Promotor de Turismo revisa en el sistema de gestión tributaria y recaudación el código y monto de baja e inhabilita en el sistema.

El Promotor de Turismo elabora memorando y reasigna a la Responsable de la Unidad de Promoción y Desarrollo Turístico.

La responsable de la Unidad de Promoción y Desarrollo Turístico revisa el documento solicitando la baja de tasa de turismo y reasigna a la Dirección de Desarrollo Económico y Turismo desde donde se envía a la Dirección Financiera.

El Director Financiero remite memorando a la Responsable de Rentas Municipales para que se dé la baja del título de crédito.

El Promotor de Turismo procede a actualizar el catastro turístico en el cual ya no consta el establecimiento turístico que se dio de baja.

Trámite en Línea

N/A

Costo

N/A

Vigencia

Una sola vez por año.

Horario

La atención al ciudadano se realizará en forma presencial de 8.00 a 17:30 horas

Por vía telefónica la atención se realizará en horario de 8:00 a 17.30 horas

A través de correo electrónico la atención será de 8.00 a 17:30 horas

Contacto

Nombre: LEON CRUZ MONICA ALEXANDRA
Teléfono:
0958783597
Correo: mleon@ibarra.gob.ec