Autorización de ingreso, mediante el régimen de reimportación en el mismo estado, de mercancías que han sido exportadas de manera definitiva

Reimportación en el mismo estado (Régimen 32)

Es el régimen aduanero que permite la importación para el consumo con exoneración de los derechos e impuestos a la importación y recargos aplicables, de las mercancías que han sido exportadas de manera definitiva.

Condiciones: La mercancía debe ser la misma que se exportó y no haberse sometido a ningún tipo de transformación en el extranjero, contar con el certificado de origen y deberá estar consignada a nombre de quién realizó la exportación a consumo. (Art. 121 del Reglamento al Copci).

Plazo: La reimportación deberá ser realizada dentro de un año contado desde la fecha de embarque de la exportación a consumo (Art. 122 del Reglamento al Copci)

Beneficiarios

Personas naturales o representantes legales de la persona jurídica que han realizado una exportación definitiva y que desean acogerse al régimen 32 «Reimportación en el mismo estado, de mercancías que han sido exportadas de manera definitiva».

 

 

Requisitos Obligatorios

Registro como importador en el sistema informático Ecuapass.

En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta:
https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf

Documento de transporte de las mercancías en el sistema informático Ecuapass.

Factura Comercial de las mercancías.

Documentos de acompañamiento, según la partida arancelaria de la mercancía.

Declaración aduanera de importación bajo el código [32] REIMPORTACION DE MERCANCIAS EN EL MISMO ESTADO/EXPORTADAS A CONSUMO, colocando como régimen precedente el número de la DAE [40].

Requisitos Especiales

1. Realizar la Administración de relación de OCE y agente de aduana, el procedimiento se encuentra en el siguiente link https://ecuapass.aduana.gob.ec

Costo

Los trámites aduaneros no tienen costo. Sin embargo, el usuario debe considerar el pago de servicios propios de la logística, tales como el transporte, almacenaje, honorarios del agente de aduana entre otros costos.

 

Vigencia

N/A

Horario

1) Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/2) Para trámite presencial. 

Lugares de atención:

Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec…
;

Subdirección de Apoyo Regional https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/<… ;

Cuenca https://www.aduana.gob.ec/cuenca/Esmeraldas https://www.aduana.gob.ec/esmera…
;

Guayaquil Pto. Marítimo https://www.aduana.g…
;

Guayaquil – Zona de Carga Aérea https://www.a…
;

Huaquillas https://www.aduana.gob.ec/huaqui…
;

Latacunga https://www.aduana.gob.ec/latacun…
;

Loja-Macará https://www.aduana.gob.ec/loja-…
;

Manta https://www.aduana.gob.ec/manta/<… ;

Puerto Bolívar https://www.aduana.gob.ec/pto-b…
;

Quito https://www.aduana.gob.ec/quito/<… ;

Tulcán https://www.aduana.gob.ec/tulcan/ 

Horario de atención 08h00 – 17h00 

Contacto

Nombre: Jefatura de Atención al Usuario
Teléfono:
1800-238262
Correo: mesadeservicios@aduana.gob.ec