Trámite dirigido a personas naturales con residencia permanente en Galápagos o para personas jurídicas que justifiquen actividad institucional o económica en Galápagos, que deseen obtener permisos para ingreso de vehículos eléctricos a Galápagos.
Tanto las personas naturales como jurídicas están sujetas a cumplir requisitos para ser poseedoras de la aprobación de ingreso de vehículos eléctricos. Además, la aprobación de ingreso de vehículos eléctricos está sujeto a restricciones de provisión de energía eléctrica que haya en cada cantón.
La aprobación de ingreso de vehículos eléctricos no implica responsabilidad de provisión de energía eléctrica por parte del CGREG, lo cual es responsabilidad de la empresa de energía, sin perjuicio de la atribución del CGREG de establecer políticas y el plan para el uso de energías alternativas (Art. 5, literal 15).
Beneficiarios
Persona natural o jurídica, que desee obtener autorización para ingreso de vehículo eléctrico a Galápagos. Existen los siguientes tipos de beneficiarios:
– Persona Natural
– Persona jurídica: persona sujeta a derechos y obligaciones de una empresa.
Requisitos Obligatorios
1. Formulario declarativo de solicitud firmado por el solicitante;
2. Ficha técnica del vehículo indicando la clase, modelo, tipo, potencia, tipo de batería, capacidad de carga, según corresponda al tipo de vehículo;
3. Alguno de los siguientes documentos, según corresponda: acta de matrimonio, inscripción de la unión de hecho; documento probatorio de tenencia de hijos menores de edad; carné de discapacidad emitido por la autoridad competente.
4. Carta de compromiso firmada por el solicitante, en la cual declara y se compromete a cumplir con los aspectos técnicos en cuanto al tipo de cargador e implementación del sistema de medición, según lo establecido en la Resolución ARCONEL 038/15 de 24 de junio de 2015.
Requisitos Especiales
La Secretaría Técnica del Consejo de Gobierno verificará que:
1. Ni el solicitante ni su cónyuge o conviviente, posean otro vehículo terrestre en la provincia de Galápagos (excepto maquinaria agrícola); y
2. Ni el solicitante ni su cónyuge o conviviente hayan transferido su vehículo en los últimos 5 años.
Procedimiento
El usuario solicita este trámite a través del portal GOB.EC o de forma presencial en la Unidad de Vehículos del CGREG.
1. Descargue el formulario de solicitud de trámite, conforme su requerimiento.
2. Consolide los documentos para el expediente de su solicitud. Conforme los requisitos establecidos en cada formulario de trámites vehiculares.
3. Presente expediente completo (requisitos+formulario firmado) en las ventanillas únicas de atención del CGREG.
4. Recibirá la confirmación de aprobación de su solicitud.
Previo a otorgarse la autorización de ingreso permanente de un vehículo terrestre, marítimo o aéreo a la provincia de Galápagos, se deberá contar con el respectivo Informe Técnico y Jurídico emitido por la Secretaría Técnica del Consejo de Gobierno del Régimen Especial de la provincia de Galápagos, de conformidad con las normas correspondientes.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/9228/webform
Costo
N/A
Vigencia
Válido por una sola vez para realizar el trámite de ingreso del vehículo eléctrico.
Horario
Horario de atención: De lunes a viernes de 08h00 a 15h30.
SAN CRISTÓBAL
Dirección: Ramón Unamuno y Alberto Spencer
SANTA CRUZ:
Dirección Cantonal: Karl Angermeyer e Islas Duncan
ISABELA:
Dirección: Vía al aeropuerto junto a la antigua gasolinera
Contacto
Nombre: Miguel Cantos
Teléfono: 053706290 – 053706329 EXT. 3116
Correo: vehiculos.sancristobal@gobiernogalapagos.gob.ec
