El «Tráfico Postal» permite ingresar, de forma simplificada, mercancías al país declaradas por el operador público de correos, de acuerdo a los límites establecidos en las categorías dispuestas en el Arancel del Ecuador.
Las categorías establecidas en el Arancel del Ecuador para el Tráfico Postal son:
Categoría A): Esta categoría contempla los documentos o información, tales como: cartas, impresos, periódicos, prensa, fotografías, títulos, revistas, catálogos, libros, tarjetas, chequeras, secogramas o cualquier otro tipo de información, contenidos en medios de audio, de video, magnéticos, electromagnéticos, electrónicos, que no sean sujetos de licencias, pudiendo ser de naturaleza judicial, comercial, bancaria, etc., pero desprovistos de toda finalidad comercial.
Categoría B): Paquetes cuyo peso sea menor o igual a cuatro kilogramos y su valor FOB sea menor o igual a los cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 400.00), o su equivalente en otra moneda, siempre que se trate de mercancías sin fines comerciales. Para acogerse a esta categoría, las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea.
Categoría C): Paquetes que no se contemplen en la categoría anterior y cuyo peso sea menor o igual a 50 kilogramos y su valor FOB sea menor o igual a 2,000.00 dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en otra moneda, siempre que no estén contenidos en otras categorías. Para acogerse a esta categoría, las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea con excepción de las muestras sin valor comercial.
Categoría D): Paquetes con prendas de vestir, los demás artículos textiles confeccionados y calzado; y cuyo peso sea menor o igual a 20 kilogramos y su valor FOB sea menor o igual a 2,000.00 dólares de los Estados Unidos de América, o su equivalente en otra moneda. Para acogerse a esta categoría, las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea con excepción de las muestras sin valor comercial.
Categoría E): Medicinas sin fines comerciales, siempre que arriben a nombre de una persona natural, o jurídica y que justifiquen su necesidad ante la administración aduanera. Están exentos de toda limitación de peso y valor.
Categoría F): Libros o similares, o equipos de computación y sus partes, siempre que la partida específica dentro del capítulo 1 al 97 del arancel nacional de importaciones tenga tarifa 0%. Están exentos de toda limitación de peso y valor.
Nota: En el caso de que las mercancías importadas no cumplan los límites establecidos en las diferentes categorías para el régimen de Tráfico Postal, la declaración aduanera será rechazada y las mercancías se trasladarán al depósito temporal a fin de que se cumplan con las formalidades aduaneras que correspondan.
Importante: Debe tenerse en cuenta que están exentos de tributos al comercio exterior los paquetes postales transportados desde el extranjero por el operador público.
Se consideran paquetes postales:
- Los Documentos impresos como: libros, cartas, postales, periódicos, fotografías, o cualquier otro tipo de información; contenidos en medios de audio y video, magnéticos, electromagnéticos, electrónicos; que no estén sujetos de licencias, etc., pudiendo ser de naturaleza judicial, comercial, bancaria, pero desprovistos de toda finalidad comercial y que no sean de prohibida importación. Este tipo de mercancía no requerirá de Declaración Aduanera alguna (Categoría A);
- La paquetería, valija o sacas que contengan documentos o artículos denominados Co–mail, ingresados al país por las líneas de transporte internacionales, por sus propios medios de transporte y para su particular uso. Este tipo de mercancía no requerirá de Declaración Aduanera alguna (Categoría A); y,
- Paquetes cuyo peso sea menor o igual a 4 kg. y su valor de transacción, sin considerar el flete y el seguro, sea menor o igual a USD 400 (cuatrocientos dólares); siempre que se trate de bienes de uso para el destinatario y que no sea destinado para la venta. Las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea (Categoría B).
Beneficiarios
Usuarios del correo postal en general.
El operador público designado por el estado para la prestación del servicio postal del Ecuador es la empresa pública «Correos del Ecuador CDE E.P.».
Requisitos Obligatorios
Para las categorías diferentes a la A
:
Declaración Aduanera de Importación simplificada (DAS) transmitida en el sistema informático Ecuapass por parte del operador público «Correos del Ecuador CDE E.P.»
A la declaración aduanera de importación simplificada (DAS), deben adjuntarse los siguientes documentos:
Factura Comercial, soporte de valor o formularios CP71, CP72 ó CN23, para categorías «C», «D», «E» y «F»;
Documento de transporte, emitido por el operador público «Correos del Ecuador CDE E.P.»;
Informe de Inspección de paquetes a declararse en categoría «B», en caso de haberse realizado la inspección física;
Documentos de control previo, tomando en consideración los siguientes criterios:
Requisitos Especiales
Los documentos que deben presentarse de forma obligatoria para este trámite son:
Para la categoría «A»
- Formato de Solicitud de inspección y autorización de salida de mercancías Categoría “A”
Para las demás categorías
- Categoría «B»: Se exime de la presentación de documentos de control, con excepción de mercancías cuyas partidas específicas requieran registros, permisos, autorizaciones o licencias de cualquier clase emitidos por el Consejo Nacional de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, inclusive las medicinas, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica.
- Categoría «C»: Para el caso de importación de celulares nuevos dentro de esta categoría, la empresa courier deberá realizar el registro del código IMEI (Sistema Internacional para la Identidad de Equipos Móviles) en la DAS.
- Categoría “D”: Los textiles, confecciones y calzado, se encuentran exonerados de la presentación de autorizaciones, permisos, licencias y registros previstos en la normativa vigente, siempre que sean importadas únicamente por personas naturales y sin finalidad comercial, ya sea para uso personal o familiar, hasta por un máximo de US $ 500,00 (quinientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) del valor FOB. Esta disposición será aplicable para una sola importación dentro de un año fiscal.
- Archivo pdf de justificación escrita de la necesidad, en el caso de mercancías acogidas a la Categoría «E»;
Procedimiento
El procedimiento a seguir para la aplicación del régimen aduanero de Tráfico Postal, es el siguiente:
PARA LA CATEGORÍA «A»
:
PROCEDIMIENTO EN LÍNEA
Generar la Guía de distribución.
PROCEDIMIENTO PRESENCIAL
Presentar la Solicitud de inspección y autorización de salida de mercancías Categoría “A”.
Realizar inspección (revisión de mercancías).
Pagar liquidación aduanera, cuando corresponda según la categoría.
Retirar la mercancía.
PARA LAS DEMÁS CATEGORÍAS
:
PROCEDIMIENTO EN LÍNEA
Generar la Guía de distribución.
Ingresar al sistema informático Ecuapass;
Ruta:
https://ecuapass.aduana.gob.ec
> Tramites Operativos > 1.1 Elaboración de e-Doc. Operativo > 1.1.1 Documentos Electrónicos > Declaración Simplificada (Importación).
Transmitir la Declaración aduanera con código de régimen 96.
Revisar en el sistema informático Ecuapass las observaciones a la declaración aduanera que puedan haberse generado.
Absolver las observaciones a la declaración aduanera que le hayan sido notificadas.
Determinar los tributos, cuando corresponda de acuerdo a la categoría.
PROCEDIMIENTO PRESENCIAL
Realizar inspección (revisión de mercancías) previa transmisión de la DAS, de corresponder.
Presenciar acto de aforo físico, de corresponder.
Retirar la mercancía.
Trámite en Línea
https://ecuapass.aduana.gob.ec
Costo
Los trámites aduaneros no tienen costo. Sin embargo, el destinatario del paquete postal debe considerar el pago de servicios propios de la logística generados por el operador público de correos, tales como el transporte, entre otros.
Vigencia
N/A
Horario
Trámite en línea:
https://ecuapass.aduana.gob.ec/Trámite presencial para el retiro de paquetes postales:
Oficinas del operador público Correos del Ecuador CDE E.P., de lunes a viernes en horario de 8h00 a 17h00.
Contacto
Nombre: Jefatura de Atención al Usuario
Teléfono: 1800 238262
Correo: mesadeservicios@aduana.gob.ec
