Autorización de débito automático a través de cuentas de terceros

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o jurídicas solicitar la autorización de débito automático a través de cuentas de tercero, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

Beneficiarios

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de la autorización de débito automático a través de cuentas de terceros, a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) o personas jurídicas (públicas o privadas).

Requisitos Obligatorios

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

Cédula de identidad
(Presentación física o digital)

Certificado de votación
(Presentación)

Certificado bancario

Formulario de autorización de débito automático

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

Pasaporte ordinario
(Presentación)

Certificado de presentación
(Presentación)

Certificado de exención
(Presentación)

Licencia de conducir (Presentación)

Nota: Para el caso de personas jurídicas se considerará la documentación del Representante Legal

Requisitos Especiales

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carnet de refugiado
  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial

Procedimiento

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Acudir al centro de atención del SRI

2. Solicitar el turno

3. Esperar el turno

4. Acudir a la ventanilla de atención

5. Presentar los requisitos y documentación de respaldo

6. Recibir contestación

Trámite en Línea

N/A

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de…
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Contacto

Nombre: SRI Telefónico
Teléfono:
1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100
Correo: N/A