Trámite orientado a atender las solicitudes para la ejecución de brigadas médicas de atención en salud en diferentes especialidades con la participación de profesionales extranjeros, registrados ante la Autoridad Sanitaria Nacional.
Beneficiarios
Los beneficiarios de este trámite son los siguientes:
- Entidades públicas y entidades privadas.
- Entidades con fines de lucro y entidades sin fines de lucro.
- Fundaciones, asociaciones, federaciones, colegios, entre algunos otros.
Requisitos Obligatorios
Solicitud de autorización de brigada de atención en salud (Formulario a completar en línea)
Datos generales de la persona jurídica pública o privada, con o sin fines de lucro; de su representante legal; y, del responsable de la brigada (Información requerida en formulario)
Plan de desarrollo de la brigada (servicios de salud a brindarse, especialidades o procedimientos a ejecutarse, proyección de atenciones a realizarse, instalaciones donde se propone desarrollar la brigada y fechas propuestas para su ejecución) (Información requerida en formulario)
Lista de profesionales de la salud nacionales y extranjeros que forman parte de la brigada (detallando nombres y apellidos completos, número del documento de identificación, número de registro profesional en el país de procedencia de la brigada,
procedimientos que realizarán cada uno de ellos) (Información requerida en formulario)
Lista de todo el personal sanitario o de apoyo que conforma la brigada de atención en salud (detallando nombres y apellidos completos, número de documento de identificación, actividades que realizarán de acuerdo con sus competencias) (Información requerida en formulario)
Plan de contingencia en caso de emergencias médicas derivadas de la atención en salud de la brigada. (Información requerida en formulario)
Autorización de uso de instalaciones del establecimiento de salud o entidad pública o privada. (Anexo a incluir en el formulario)
Requisitos Especiales
- Lista de posibles beneficiarios de la brigada (en caso de estar previamente identificados) (Anexo a incluir en el formulario)
- Lista de profesionales de la salud que se encargarán de realizar el seguimiento posterior al tratamiento (detallando nombres y apellidos completos, número de documento de identificación, número de registro profesional, procedimientos que realizarán cada uno de ellos) (Información requerida en formulario)
- Permiso de funcionamiento vigente cuando la brigada se realice dentro de un establecimiento de salud (Anexo a incluir en el formulario)
Procedimiento
1. Ingresar al enlace de esta página: «Trámite en línea», 45 días previos a la realización de la brigada.
2. Completar el formulario y adjuntar los documentos solicitados.
Notas:
Una vez se autorice la Brigada de Atención en Salud, durante la ejecución de la misma, la información que se llene en la matriz de registro de atenciones debe ser a computador, por lo que se deberá contar con las herramientas necesarias para el efecto.
Para mayor información descargar el Manual de usuario
Aquí
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/8124/webform
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
El trámite se solicita en línea a través del formulario digital disponible en el botón (Ir al trámite en línea), horario de atención: 24 horas/ 7 días a la semana.
Cualquier duda o consulta comunicarse con las Coordinaciones Zonales de Salud/Direcciones Distritales de Salud o al contacto de la sección «Atención Ciudadana»
El siguiente enlace contiene la información referente a direcciones, números telefónicos y horarios de atención donde puede contactarse para dudas o consultas del trámite. ()
Contacto
Nombre: Mario Rafael Lopez Paucar
Teléfono: (593) 2-381-4400 ext. 5239
Correo: mario.lopez@msp.gob.ec
