ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Trámite para atender requerimientos de acceso a la información pública relacionada con las actividades que realiza el Gobierno Autónomo Descentralizado Ilustre Municipalidad del Cantón Daule, enmarcadas en la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública – LOTAIP. 

Beneficiarios

A todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que requieran acceso a la información pública relacionada con las actividades que desarrolla el Gobierno Autónomo Descentralizado Ilustre Municipalidad del Cantón Daule.

Requisitos Obligatorios

Solicitud de Acceso a la Información Pública

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Presencial:

Llenar el formulario otorgado en ventanilla o descargar el formulario de “Solicitud de Acceso a la Información Pública”, 
 el mismo debe constar de forma clara la identificación COMPLETA del solicitante, la dirección, correo electrónico y teléfonos además indicar en forma clara el motivo de la solicitud y con firmas de responsabilidad.

Entregar el formulario en la Secretaría General.

Correo electrónico:

Descargar el formulario de “Solicitud de Acceso a la Información Pública”

El interesado enviará por correo electrónico a secretaria@daule.gob.ec, la Solicitud de Acceso a la Información Pública, debidamente llenado y con las firmas de responsabilidad.

En línea:

Descargar el formulario de “Solicitud de Acceso a la Información Pública” y llenarlo con los datos solicitados y con firma de responsabilidad.

Ingresar a  trámite en línea y seguir lo pasos indicados y subir la solicitud 
de Acceso a la Información Pública

Nota:

De ser el caso

se notificará al ciudadano los valores a cancelar de acuerdo al volumen de copias certificadas y copias digitales de la solicitud y 
deberá depositar en la Tesorería del GAD de Daule el valor indicado y e
ntregar en Secretaría General  el comprobante original y retirar la documentación solicitada.

Trámite en Línea

https://www.gob.ec/tramites/13383/webform

Costo

REGLAMENTO A LA LEY ORGÁNICA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Art. 5.- Del costo. –Toda petición o recurso de acceso a la información pública será gratuito y estará exento del pago de tasas, en los términos que establece la ley. Por excepción y si la entidad que entrega la información incurriere en gastos, el peticionario deberá cancelar previamente a la institución que provea de la información, los costos que se generen.

Vigencia

N/A

Horario

N/A

Contacto

Nombre: SECRETARÍA GENERAL
Teléfono: https://www.daule.gob.ec/buzon-de-atencion/
Correo: secretaria@daule.gob.ec