Trámite que permite al usuario acceder al beneficio que se otorga a las personas con discapacidad, establecido en la Ley Orgánica de Discapacidades, que determina en su artículo 79.- Servicios.- «El servicio de energía eléctrica tendrá una rebaja del cincuenta por ciento (50%) del valor del consumo mensual hasta en un cincuenta por ciento (50%) del salario básico unificado del trabajador privado en general».
Además, a las personas jurídicas sin fines de lucro que tengan a su cargo centros de cuidado diario y/o permanente para las personas con discapacidad, debidamente acreditas por la autoridad nacional encargada de la inclusión económica y social, se exonera hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor de consumo que causare el uso de los servicios de los medidores de energía eléctrica. El valor de la rebaja no podrá exceder del veinticinco por ciento (25%) de la remuneración básica unificada del trabajador privado en general.
Beneficiarios
Todos los clientes de la Empresa Eléctrica Quito, que reúnan las siguientes condiciones:
- Persona natural que tenga discapacidad, acreditada por la autoridad competente.
- Persona natural representante legal o familiar, que tenga a su cuidado una persona con discapacidad.
- Persona jurídica que acredite el desarrollo de actividades sin fines de lucro para la atención a personas con discapacidad, emitida por la autoridad competente.
Requisitos Obligatorios
Personas Naturales:
Básico: Cédula de ciudadanía/identidad del titular con consumo residencial o del representante legal de la persona con discapacidad, certificado o documento que acredite la calificación de la discapacidad y la certificación de condición discapacitante, núméro de cuenta contrato.
Adicional: Documento que certifique la condición de representante legal de la persona con discapacidad, carta de autorización en caso de que un tercero realice el trámite.
Personas Jurídicas:
Básico: Documentación emitida por la autoridad competente que demuestre que la institución se dedica a actividades sin fines de lucro y de atención a personas con discapacidad,
Registro Único de Contribuyentes RUC, cédula de ciudadanía del representante legal, nombramiento del representante legal, número de cuenta contrato.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Presencial:
El cliente concurrirá a la agencia de atención al cliente de la Empresa Eléctrica Quito de su preferencia y procederá de la siguiente manera:
Tomará un turno.
En el módulo de atención, presentará los requisitos correspondientes
Una vez, que el personal de atención al cliente aplique el beneficio en el sistema comercial, procederá a suscribir el
anexo al contrato de suministro de energía eléctrica para la aplicación del subsidio de la ley de discapacidades a consumidores residenciales.
La Empresa Eléctrica Quito en cualquier momento procederá a verificar en el sitio, la correcta aplicación de este beneficio.
En Línea:
El cliente ingresará al Portal Web de la Empresa, a través del siguiente enlace:
https://www.eeq.com.ec/beneficios-de-discapacidad
Accederá a la información de los requisitos para la aplicación del beneficio de discapacidad y las formas de realizar la solicitud
Trámite en Línea
https://www.eeq.com.ec/beneficios-de-discapacidad
Costo
Este trámite no tiene costo
Vigencia
N/A
Horario
Las direcciones y horarios de atención de las diferentes agencias de atención al cliente, se puede consultar en el siguiente enlace:
https://www.eeq.com.ec/cent…
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Contacto
Nombre: Call Center
Teléfono: 136
Correo: portalweb@eeq.com.ec
