Trámite orientado a obtener las solicitudes de los usuarios (naves en operaciones no comerciales) que requieran la autorización de uso de fondeadero dirigido a la Autoridad Portuaria de Guayaquil, detallando el motivo y el tiempo de utilización del mismo.
Se conoce como motivo no comercial cuando no se trae carga consigo. Los usos del fondeadero pueden ser para:
- Reparación
- Viene a Dique
- Viene a lastre
Beneficiarios
Agencias Navieras, Armadores y Representantes de los Buques. Buques de la Armada.
Armador: Persona física o jurídica que posee el dominio del buque y se encarga de ponerlo en condiciones de navegar.
Requisitos Obligatorios
Solicitud de Autorización de Uso de Fondeadero elaborado en el sitio web o correo a la Dirección de Operaciones. Emisor del requisito APG – Autoridad Portuaria de Guayaquil.
Requisitos Especiales
Autorización de toma de combustible o reparaciones emitida por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial
Procedimiento
Usuario remite solicitud por cualquier via (física o presencial), adjuntando la autorización de toma de combustible o reparaciones emitida por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial , en los siguientes casos:
fondeadero planificado: portal web http://admin.apg.gob.ec/
fondeadero no planificado: vía correo electrónico a superintendentes@apg.gob.ec
Usuario señala las horas estimadas de inicio y término del fondeadero
APG valida el fondeadero según el canal de ingreso.
Se comunica vía correo electrónico la autorización del uso.
Trámite en Línea
Costo
N/A
Vigencia
Hasta la fecha autorizada de salida de la embarcación.
Horario
-Unidad responsable: Dirección de Gestión de Seguridad Operativa
– Correo electrónico:
superintendentes@apg.gob.ec
– Teléfono de contacto: (+593)42012000 ext. 210
– Horario de atención: LUN – VIE 08:00 – 16:30
Contacto
Nombre: Henry Aguirre Ramirez
Teléfono: 042012000 ext. 210
Correo: superintendentes@apg.gob.ec
