Servicio orientado a gestionar una solicitud de trámite para renovación de la matrícula de agencias navieras para tráfico internacional. Documento habilitante que le permite operar a las Agencias Navieras representando líneas navieras y agenciando buques internacionales.
Beneficiarios
Agencias navieras (Empresa que representa a una o varias compañías de barcos transportadores de mercancías).
Empresas dedicadas a las actividades marítimas.
Entidades Públicas.
Art. 14.- Las personas naturales o jurídicas, según sea el caso pertinente que deseen obtener o renovar una matrícula de Armador, Agencia Naviera, Operador Portuario de Buque (OPB), Operador Portuario de Carga (OPC), Operador Portuario de Servicios Conexos (OPSC), Operador Portuario de Pasajeros (OPP); y, Registro Provisional de Consolidador / Desconsolidador, así como por la actualización y/o modificación de documentos emitidos por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial.
Requisitos Obligatorios
Realizar procedimiento a través del Portal de Servicios del MTOP,
http://sitop.mtop.gob.ec/PortalServicios/
Copia de los estados financieros del último ejercicio económico, sellado y firmado por el contador y representante legal.
Garantía Bancaria, Póliza de Seguro o Avales y Garantías de Cooperativas de Ahorro y Crédito del sector financiero popular y solidario a favor de terceros en la cual consten los siguientes datos:
Asegurado: Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Objeto: Para responder por servicios prestados por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, Capitanías de Puerto y Superintendencias de Terminales Petroleros o multas a las naves agenciadas.
El monto para Agencias de Tráfico Internacional será $ 20.000,00, para Agencias de Tráfico Nacional $ 10.000,00 para Agencias de Tráfico Nacional y para las agencias navieras que tienen matrícula de tráfico nacional e internacional será $ 20.000,00.
Vigencia: Hasta el 30 de abril del año subsiguiente.
Nombramiento vigente de Representante Legal debidamente inscrito en el registro mercantil, será verificado en línea. Copia de nombramientos de los representantes de las sucursales en caso de haberlas.
Certificado de la Capitanía de Puerto o Superintendencia de Terminal Petrolero jurisdiccional, de no adeudar valor alguno.
Presentar la información estadística de los buques atendidos y/o volúmenes de carga movilizada.
La documentación debe adjuntarse en formato PDF.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
El usuario debe ingresar con el RUC
(Registro Único de Contribuyentes)
y la clave que activó
Seleccionar oficina más cercana.
Seleccionar agencias, renovación.
Subir los requisitos que solicita el sistema
Selecciona la flecha que le aparecerá en la parte inferior de la página y se le dará un número de trámite (SOL.DP.*********)
Se realiza el proceso interno de validación de los documentos.
El portal remitirá al usuario notificaciones vía correo electrónico informando del procedimiento de la autorización.
Trámite en Línea
http://sitop.mtop.gob.ec/PortalServicios/
Costo
| USD $ 253.46 hasta 273.09 aproximadamente |
Vigencia
Desde la fecha de su emisión, hasta el 30 de abril del año subsiguiente.
Horario
Ciudadela los Ceibos, Av. del Bombero y Av. Leopoldo Cabrera, Edificio Grace, Piso 1
Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Guayaquil – Ecuador
Contacto
Nombre: Unidad de Transporte Marítimo y Fluvial
Teléfono: (04)2592080 ext. 82123 / 82142 / 82104
Correo: consultas-sptmf@mtop.gob.ec
