Al momento que una Entidad Financiera del Sector Privado, del Sector Popular y Solidario o una Empresa de Seguros Privados es declarada en liquidación forzosa por el organismo de control pertinente, se activa el Seguro de Depósitos y el Seguro de Seguros Privados para los ciudadanos personas naturales que mantengan sus depósitos en Entidades Financieras o mantengan siniestros pendientes de pago.
El monto máximo de cobertura para Empresas de Seguros Privados legalmente autorizadas es de 2.000 USD, mientras que la cobertura del Seguro de Depósitos del Sector Financiero Privado o del Sector Financiero Popular y Solidario depende del segmento al que corresponda, los mismos que son pagados a través de las oficinas de la COSEDE o entidades del sistema financiero denominados «Agentes de Pago».
Los Segmentos de cobertura para los Sectores Financieros son los siguientes


Beneficiarios
Los beneficiario del pago de Seguro de Depósitos o del Seguro de Seguros Privados de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados COSEDE son las personas naturales nacionales o extranjeras que mantengan sus depósitos en cuentas de ahorros, corriente, plazo fijo y/o siniestros pendientes de pago.
Requisitos Obligatorios
Consulte su punto de cobro en este link:
A través del agente de pago
Original de
la cédula de ciudadanía del beneficiario (vigente).
Oficinas de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados COSEDE
Original de la cédula de ciudadanía del beneficiario (vigente).
Certificado Bancario; o estado de cuenta corriente (fecha mínima un mes atrás de expedido); o la libreta de ahorros (con movimientos mínimo de un mes atrás), en donde se identifique claramente el titular y número de cuenta.
Requisitos Especiales
- En caso de que el beneficiario sea ciudadano extranjero, original del pasaporte (vigente).
Tercero autorizado por el Beneficiario para el cobro del seguro:
- Poder especial o general suficiente para proceder con el cobro de seguro, en donde se mencione de forma expresa la autorización para el cobro del seguro. Si el Poder ha sido otorgado 3 años antes del cobro se requiere una certificación del Notario de que se encuentre vigente.
Herederos:
- Copia legible certificada de la posesión efectiva de los bienes del causante, en la cual conste los nombres de los herederos, adjuntando original de la cédula de ciudadanía del heredero que realizará el cobro
- Copia legible certificada de la Procuración Común, en caso de que exista más de un heredero para que el pago se realice a favor de uno de ellos, adjuntando original de la cédula de ciudadanía del procurador que realizará el cobro.
Representante Legal de menores de edad:
- Original de la cédula de identidad o partida de nacimiento del menor de edad.
- Originalde la cédula de ciudadanía del representante legal (padre o madre).
- En caso que el representante legal que se acerca al cobro no sea el padre ni la madre, deberá presentar la copia del documento debidamente certificado que le califique como tutor o representante legal del menor.
Procedimiento
Una vez que la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados define el mecanismo para realizar los pagos, estos se realizarán de acuerdo a los siguientes pasos:
Por correo electrónico:
1.- Enviar la Ficha de Datos del beneficiario del Seguro al correo
pagodelseguro@cosede.gob.ec
, adjuntando el certificado bancario de la cuenta a la que deseo que se realice el pago.
2.- En el transcurso de 2 días laborables mediante correo electrónico se le informará la aceptación de su solicitud o si requiere hacer alguna subsanación de la misma.
Presencial:
1.- Entregar la ficha de datos del beneficiario del Seguro en las oficinas de la COSEDE, adjuntando el certificado bancario de la cuenta a la que deseo que se realice el pago.
2.- Esperar la acreditación en la cuenta detallada en el lapso de 5 a 7 días laborables
En línea
Ingresar en esta página en la opción «Trámite en Línea» y completar el formulario
En el transcurso de 2 días laborables mediante correo electrónico se le informará la aceptación de su solicitud o si requiere hacer alguna subsanación de la misma.
*
Considerar, en los casos en que el liquidador o las entidades del sistema financiero nacional hayan reportado a la COSEDE la cuenta bancaria del beneficiario para transferir el valor asegurado, no se requiere que el beneficiario acuda a las oficinas de la COSEDE a realizar el trámite descrito anteriormente, por cuanto el pago se acreditará directamente a la cuenta bancaria reportada.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/1380/webform
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
Dirección: Av. Amazonas entre Unión Nacional de Periodistas y Alfonso Pereira (Quito, Ecuador) Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera – Bloque 4, Piso 9.
Contactos llamar al teléfono: (+593) 2 3960340
Horario de atención: Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Contacto
Nombre: Unidad de Mecanismo de Seguridad Financiera
Teléfono: (+593) 2 3960340 ext.2247
Correo: pagodelseguro@cosede.gob.ec
