Obtener el Cierre voluntario de las instituciones educativas particulares, fiscomisionales y municipales.
El cierre voluntario del establecimiento se lo deberá hacer dentro del plazo máximo de cuatro (4) meses antes del inicio del año lectivo en el que dejarán de prestar el servicio educativo.
Beneficiarios
Instituciones Educativas Particulares pueden solicitar, ante la Dirección Distrital, el cierre voluntario del establecimiento, a más tardar cuatro (4) meses antes del inicio del año lectivo en el que dejarán de prestar el servicio educativo.
Instituciones Educativas Fiscomisionales pueden solicitar, ante la Dirección Distrital, el cierre voluntario del establecimiento, a más tardar cuatro (4) meses antes del inicio del año lectivo en el que dejarán de prestar el servicio educativo.
Instituciones Educativas Municipales pueden solicitar, ante la Dirección Distrital, el cierre voluntario del establecimiento, a más tardar cuatro (4) meses antes del inicio del año lectivo en el que dejarán de prestar el servicio educativo
Requisitos Obligatorios
1. Solicitud de cierre voluntario con exposición detallada de las causas que motiven dentro del plazo máximo de cuatro meses antes del inicio del año lectivo. – Básico.
2. Propuesta de Plan de contingencia. – Básico.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Trámite en línea
:
1. Ingresar a la URL:
https://servicios.educacion.gob.ec/mogac-web/faces/paginas/formularioCiudadano.xhtml
2. Ingresar los datos solicitados.
3. El Representante Legal de la Institución Educativa recibirá la respuesta o resolución de su trámite mediante Quipux.
Trámite en Línea
https://servicios.educacion.gob.ec/mogac-web/faces/paginas/formularioCiudadano.xhtml
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
Direcciones Distritales del Ministerio de Educación
Lunes a viernes de 08h00 a 16h00
Contacto
Nombre: Unidad de Atención Ciudadana
Teléfono: 1800338222
Correo: info@educacion.gob.ec
