Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad o personas jurídicas solicitar la devolución del excedente del anticipo del Impuesto a la Renta (IR), y posterior devolución de los valores correspondientes (de ser el caso), mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.
Beneficiarios
El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) o sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad o personas jurídicas (públicas o privadas) que desean solicitar la devolución del excedente del anticipo del Impuesto a la Renta (IR).
Requisitos Obligatorios
Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:
Cédula de identidad (Presentación física o digital)
Certificado de votación (Presentación)
Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital
Solicitud de devolución del excedente del anticipo de impuesto a la renta pagado con cargo al ejercicio fiscal solicitado
Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):
Pasaporte ordinario (Presentación)
Certificado de presentación (Presentación)
Certificado de exención (Presentación)
Licencia de conducir (Presentación)
Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:
Número de identificación del contribuyente
Clave de acceso a servicios en línea
Solicitud de devolución del excedente del anticipo de impuesto a la renta pagado con cargo al ejercicio fiscal solicitado. (Debe contener firma electrónica)
Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital. (Debe contener firma electrónica)
Requisitos Especiales
Segmentos específicos o terceros autorizados:
- Carnet de refugiado
- Poder general o especial
Procedimiento
Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:
1. Presentar en las ventanillas del Servicio de Rentas Internas la solicitud de devolución del excedente del anticipo de Impuesto a la Renta (IR) pagado con cargo al ejercicio fiscal correspondiente, adjuntando los requisitos señalados en la Resolución No. NAC-DGERCGC17-121 para el ejercicio fiscal 2016, en la Resolución No. NAC-DGERCGC18-243 para el ejercicio fiscal 2017, y en la Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000022 para el ejercicio fiscal 2018.
2. El Servicio de Rentas Internas analiza el trámite, y de ser necesario, realiza requerimientos de información para completar la documentación presentada.
3. El Servicio de Rentas Internas emite una resolución con los valores reconocidos en la petición de devolución para notificarla al contribuyente.
4. Los valores reconocidos serán acreditados por el Servicio de Rentas Internas en la cuenta bancaria registrada por el contribuyente en la solicitud de devolución, o emitirá la respectiva nota de crédito desmaterializada.
Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:
1. Ingresar a la opción SRI en línea del portal: web www.sri.gob.ec
2. Escoger en el panel de control «SRI en línea»
3. Seleccionar «Iniciar sesión»
4. Ingresar el número de RUC y clave
5. Seleccionar en el menú «Trámites y notificaciones»
6. Escoger la opción «Ingreso de trámites y anexos»
7. Seleccionar el servicio del trámite que desea ingresar
8. Escoger y cargar los requisitos y anexos solicitados
9. Completar la información del detalle del trámite que requiere ingresar
10. Ingresar los datos para la notificación
11. Terminar la carga del trámite en la opción “Finalizar”
12. Seleccionar la opción «Aceptar»
Trámite en Línea
https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-gestion-tramites-web-internet/
Costo
N/A
Vigencia
N/A
Horario
Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.
Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de…
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Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https…
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Contacto
Nombre: SRI Telefónico
Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100
Correo: N/A
