Anexo de dividendos (ADI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas jurídicas presentar los dividendos distribuidos por sociedades residentes en el país o establecidas en el Ecuador a favor de personas naturales y otras sociedades, mediante el anexo de dividendos (ADI), a través de la página web institucional.

Están obligados a presentar los siguientes sujetos:

a) Sociedades nacionales o extranjeras, incluyendo las de economía mixta, residentes o establecidas en el Ecuador, respecto de la información relativa a:

La utilidad generada durante el período reportado.

Las utilidades generadas en períodos anteriores, que al uno de enero del periodo reportado se encuentren pendientes de distribución.

Los dividendos distribuidos durante el período informado.

El valor que los sujetos pasivos deberán considerar por utilidad, para efectos del anexo, será el valor que resulte de restar de la utilidad contable los siguientes rubros: la participación de utilidades a trabajadores; el gasto por impuesto a la renta del periodo; y las reservas que correspondan.

b) Las sociedades nacionales o extranjeras, residentes o establecidas en el Ecuador; y, las personas naturales residentes en el Ecuador, la información relativa a dividendos que les hayan sido distribuidos durante el período reportado, provenientes de sociedades extranjeras no residentes ni establecidas en el Ecuador.

c) Las organizaciones que se encuentren bajo el régimen de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario deberán presentar la información señalada en la letra a) del presente respecto de los valores generados o distribuidos que provengan exclusivamente de las utilidades definidas como tales en la Ley de Régimen Tributario Interno para este grupo de sujetos pasivos.

La información requerida en el anexo de dividendos corresponderá a la generada en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.

El anexo de dividendos deberá ser presentado inclusive en aquellos períodos en los que no se hubiere generado información, caso en el cual se presentará en cero.

Beneficiarios

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de realizar la presentación anual del anexo de dividendos (ADI), a las personas jurídicas (públicas y privadas) ya sean privadas o públicas.

Requisitos Obligatorios

Requisitos para realizar el trámite en línea:

Número de identificación del contribuyente

Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos para realizar el trámite a través de correo electrónico:

Acta de responsabilidad y buen uso de acceso a las carpetas de información de la herramienta FTP (Suscrita)

Clave de acceso al Protocolo de Transferencia de Archivo (FTP por sus siglas en inglés)

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Descargar e instalar DIMM Formularios ingresando al siguiente link: http://www.sri.gob.ec/web/guest/formularios-e-instructivos1

2. Descargar e instalar anexo APS ingresando al siguiente link: http://www.sri.gob.ec/web/guest/formularios-e-instructivos1

3. Elaborar o editar una anexo

4. Ingresar a la página web: www.sri.gob.ec

5. Ingresar a SRI en línea

6. Escoger anexos

7. Escoger envío y consulta de anexos

8. Ingresar número de identificación y clave

9. Escoger anexo ADI

10. Seleccionar el archivo 

11. Escoger la opción cargar archivo

Procedimiento para realizar el trámite a través de correo electrónico:

1. Solicitar vía correo electrónico la clave de acceso al Protocolo de Transferencia de Archivo (FTP por sus siglas en inglés). 

2. Adjuntar a los correos electrónicos genéricos creados para el efecto el acta de responsabilidad y buen uso de acceso a las carpetas de información de la herramienta FTP.

3. Una vez que se obtenga la clave de acceso subir la información a través de la herramienta FTP

4. Enviar oficio de comunicación de presentación de información a los correos genéricos creados para el efecto.

Trámite en Línea

https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace:
https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto

Nombre: SRI Telefónico
Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100
Correo: N/A