La Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial otorga la autorización para que una nave de bandera extranjera realice actividades no portuarias en la jurisdicción de un puerto comercial o terminal petrolera, con el fin de mejorar el control para que se cumplan las disposiciones establecidas en los Reglamentos de Operación de la Autoridad Portuaria o Terminal Petrolera jurisdiccional.
Beneficiarios
Los beneficiarios para obtener la Autorización para Realizar Actividades No Comerciales en la Jurisdicción de un Puerto Comercial o Terminal Petrolera que otorga la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial son:
Persona Jurídica Privada (Agencia Naviera) o Pública
Requisitos Obligatorios
Si el trámite lo inicia en línea
:
Formulario de solicitud
.
Si el trámite se lo realiza en la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial (SPTMF), tomar un ticket e ingresar la siguiente documentación:
Oficio de solicitud dirigida a la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial – SPTMF
, debe presentarla con 72 horas de anticipación al arribo de la nave conteniendo la siguiente información:
Nombre
Bandera.
Puerto de procedencia.
Fecha de atraque
Horas de permanencia.
Lugar de operación.
Actividad a realizar.
Proveedor del servicio.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Pasos a seguir en línea:
Acceder a la opción “Ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página y llene los respectivos campos obligatorios del formulario digital.
Recibir notificación por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas como constancia de envío de solicitud.
El trámite será entregado al usuario hasta máximo 48 horas de la recepción del técnico.
Retirar autorización en las oficinas de Atención al Usuario de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial – SPTMF.
Pasos a seguir de manera presencial:
Acercarse a la ventanilla de Atención al Usuario de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial – SPTMF, y tomar un ticket.
Ingresar formato de solicitud
(ver en la sección «Formatos»)
y oficio de solicitud dirigida a la SPTMF con datos de terminal, nave, fecha y actividad a realizar.
Proceso interno de recepción y validación de la documentación.
El trámite será entregado al usuario hasta máximo 24 horas después de la recepción del documento.
El Usuario deberá retirar la autorización en la ventanilla de Atención al Usuario de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial – SPTMF.
Canales de atención:
En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/3813/webform
Costo
Costo del trámite: USD 3.28 aprox.
Igualmente debe remitirse a la Resolución No. SPTMF-ADM-001-13 «NORMATIVA TARIFARIA POR SERVICIOS PRESTADOS POR LA SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL-SPTMF», ya que las tarifas se ajustan anualmente de acuerdo al Indice de Precios al Consumidor. La mencionada Resolución la podrá encontrar en la sección «Regulaciones».
Vigencia
Por única vez, en la fecha de arribo de la nave autorizada.
Horario
Avenida del Bombero y Leopoldo Carrera Edificio Grace, primer piso
Lunes a viernes 08h00 a 16h30
Guayaquil – Ecuador
Contacto
Nombre: Ing Natasha Muñoz
Teléfono: (04)2592080 ext. 82148 / 82123 / 82104 / 82120
Correo: consultas_sptmf@mtop.gob.ec
