El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de la Subsecretaría de Puertos, Transporte Marítimo y Fluvial, emite el respectivo permiso para poder construir, operar, modificar y/o ampliar una facilidad o instalación portuaria que se va a dedicar a realizar actividades portuarias y que recibirá artefactos navales (buques, embarcaciones y otros) de tráfico internacional.
Beneficiarios
Los usuarios que sean ecuatorianos o extranjeros, personas naturales o jurídicas que deseen realizar el trámite en la Subsecretaría de Puertos, Transporte Marítimo y Fluvial, y que cumplan con los requisitos expuestos.
Requisitos Obligatorios
Si el trámite lo inicia en línea:
Formulario de solicitud.
Si el trámite se lo realiza en la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial (SPTMF), tomar un ticket e ingresar la siguiente documentación:
AUTORIZACIONES
Acuerdo ministerial autorizando la ocupación de la zona de playas y bahías (posterior a la aprobación del
Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos –
CNMMP).
Permiso municipal de construcción y funcionamiento según el caso.
Autorización aduanera.
Autorización del Cuerpo de Bomberos (detalle de los productos y/o carga a manejar).
Título de propiedad de los terrenos.
Constitución legal de la empresa o compañía, indicando sus accionistas y porcentajes de acciones.
Autorización de la Dirección Nacional de Hidrocarburos, para el manejo de hidrocarburos y sus derivados.
Nombramiento del representante legal.
CONDICIONES OPERACIONALES DEL TERMINAL
Tipo y cantidades de carga a movilizarse.
Tipo y porte de naves que recibirán el terminal.
Movimiento portuario (frecuencia de atraque).
Modalidades y ratas de carga y/o descarga.
Condiciones de almacenaje.
Descripción de los servicios a ser prestados.
Tiempo de servicio operativo.
MEMORIAS, PLANOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Hidrografía y estudios batimétricos
Estudios de suelos.
Obras civiles de los muelles.
Construcciones complementarias del recinto portuario.
Instalaciones y equipos para manejo de carga.
Obras de infraestructura.
Instalaciones de seguridad contra incendios.
Estudios y diseños de efluentes sobre impacto ambiental.
Licencia Ambiental o Auditoria Ambiental, según el caso.
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y OPERACIONAL
Estructura administrativa y operacional.
Asignación de personal.
SEGURIDAD INDUSTRIAL (DETALLAR DATOS TÉCNICOS Y PLANOS)
Procedimientos de seguridad industrial adoptados.
Detalle de los equipos e instalaciones de seguridad industrial.
RÉGIMEN TARIFARIO
Deben indicar que cumplirán lo indicado en el Art. 8 Literal b) de la Ley General de Puertos, sobre la contribución del 5% que será liquidada, de acuerdo al tarifario de la Resolución Dirección General de la Marina Mercante y del Litoral – DIGMER No. 497/95.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Pasos a seguir en línea:
Acceder a la opción “Ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página y llene los respectivos campos obligatorios del formulario digital.
Recibir notificación por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas como constancia de envío de solicitud.
Se notifica al usuario la obligación de realizar el pago por concepto de inspección del recinto portuario.
Se notifica al usuario la necesidad de realizar la inspección al recinto portuario por parte del técnico designado con el acompañamiento del usuario conocedor del lugar.
A nivel interno se analizará y validación de la documentación.
De no existir observaciones, se procederá a la entrega de la Resolución del permiso para poder construir, operar, modificar y/o ampliar una facilidad o instalación portuaria que se va a dedicar a realizar actividades portuarias y que recibirá artefactos navales (buques, embarcaciones y otros) de tráfico internacional.
Pasos a seguir de manera presencial:
El usuario debe ingresar la solicitud de Emisión de permiso para poder construir, operar, modificar y/o ampliar una facilidad o instalación portuaria que se va a dedicar a realizar actividades portuarias y que recibirá artefactos navales (buques, embarcaciones y otros) de tráfico internacional. Más los requisitos por la ventanilla de Atención al Usuario.
En la ventanilla de Atención al Usuario, se revisará que la documentación se encuentre en orden para poder registrarla en el sistema correspondiente.
Se notifica al usuario la obligación de realizar el pago por concepto de inspección del recinto portuario.
Se notifica al usuario la necesidad de realizar la inspección al recinto portuario por parte del técnico designado con el acompañamiento del usuario conocedor del lugar.
A nivel interno se analizará y validación de la documentación.
De no existir observaciones, se procederá a la entrega de la Resolución del permiso para poder construir, operar, modificar y/o ampliar una facilidad o instalación portuaria que se va a dedicar a realizar actividades portuarias y que recibirá artefactos navales (buques, embarcaciones y otros) de tráfico internacional.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/3818/webform
Costo
Valor aproximado $ 284,23 USD.
Los valores se deberán cancelar en el Banco del Pacífico – cuenta corriente # 7851960 – código # 130299 a nombre de la Subsecretaria de Puertos, Transporte Marítimo y Fluvial.
Favor remitirse a la Resolución No. SPTMF-ADM-001-13 (Normativa tarifaria por servicios prestados por la Subsecretaría de Puertos, Transporte Marítimo y Fluvial -SPTMF), ya que las tarifas se ajustan anualmente de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Vigencia
N/A
Horario
Av. del Bombero y Leopoldo Carrera, Edificio Grace, Primer Piso.
Horario de atención de lunes a viernes de 08h00 a 17h00.
Guayaquil – Ecuador
Contacto
Nombre: Unidad de Infraestructura Portuaria
Teléfono: (04) 2 592080 ext. 82123 / 82104 / 82120 / 82142
Correo: consultas_sptmf@mtop.gob.ec
