Acción de Medida de Frontera de Propiedad Industrial

El trámite de Acción de Medida de Frontera de Propiedad Industrial está orientado a la suspensión de operaciones aduaneras para evitar infracciones a los derechos de Propiedad Industrial.

Beneficiarios

Personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público o privado y cualquier tipo de asociaciones relacionadas con actividades de la economía social de los conocimientos, la creatividad y la innovación; que deseen gestionar cualquier tipo de derecho intelectual.

Requisitos Obligatorios

Solicitud Física.

Pago de la Tasa de Tutela.

Documento de presunción de titularidad.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

1. 
Ingresar el requerimiento a través del sistema de solicitudes en línea.

2. Sustanciar acción de medida de frontera:

a. Presentar solicitud de inicio por parte del interesado.

b. Presentar información de la importación o exportación.

c. Inicio de la acción principal.

d. Recibir resolución de la acción principal.

e. Recibir resolución de la medida de frontera.

3. Recibir notificaciones, resoluciones y comunicaciones.

Este procedimiento puede variar conforme a características específicas a cada trámite a ser atendido por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales – SENADI.

Trámite en Línea

https://registro.propiedadintelectual.gob.ec/solicitudes/

Costo

Sin Costo

Vigencia

N/A

Horario

Oficinas del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales -SENADI-

Lunes a viernes de 08:30 a 17:00 horas.


www.derechosintelectuales.gob.ec/institucion/
 

Contacto

Nombre: Unidad de Gestión de Observancia
Teléfono: 3940000 ext. 1613
Correo: info@senadi.gob.ec