El trámite de Acción de Medida de Frontera de Propiedad Industrial está orientado a la suspensión de operaciones aduaneras para evitar infracciones a los derechos de Propiedad Industrial.
Beneficiarios
Personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público o privado y cualquier tipo de asociaciones relacionadas con actividades de la economía social de los conocimientos, la creatividad y la innovación; que deseen gestionar cualquier tipo de derecho intelectual.
Requisitos Obligatorios
Solicitud Física.
Pago de la Tasa de Tutela.
Documento de presunción de titularidad.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
1.
Ingresar el requerimiento a través del sistema de solicitudes en línea.
2. Sustanciar acción de medida de frontera:
a. Presentar solicitud de inicio por parte del interesado.
b. Presentar información de la importación o exportación.
c. Inicio de la acción principal.
d. Recibir resolución de la acción principal.
e. Recibir resolución de la medida de frontera.
3. Recibir notificaciones, resoluciones y comunicaciones.
Este procedimiento puede variar conforme a características específicas a cada trámite a ser atendido por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales – SENADI.
Trámite en Línea
https://registro.propiedadintelectual.gob.ec/solicitudes/
Costo
Sin Costo
Vigencia
N/A
Horario
Oficinas del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales -SENADI-
Lunes a viernes de 08:30 a 17:00 horas.
www.derechosintelectuales.gob.ec/institucion/
Contacto
Nombre: Unidad de Gestión de Observancia
Teléfono: 3940000 ext. 1613
Correo: info@senadi.gob.ec
