A través de este trámite se inscribe una compraventa de un bien inmueble a nombre del comprador quedando legalizada la transferencia de dominio. Bien inmueble: Todo lo que no se puede trasportar de un lugar a otro y que se encuentran adheridos al suelo, por ejemplo: casa, terreno, departamento, etc.
Transferencia de dominio: Traspaso de propiedad de una persona a otra pagando un precio justo. |
Beneficiarios
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que esté en capacidad para contratar y en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que haya comprado un bien inmueble en el cantón en el cual proceda la inscripción.
Dirigido a: Persona Jurídica – Privada, Persona Jurídica – Pública, Persona Natural – Ecuatoriana, Persona Natural – Extranjera.
Requisitos Obligatorios
Si los comparecientes son personas naturales:
Dos protocolos de Escritura pública de compraventa.
Certificado de gravamen
Pago del impuesto predial del año en curso o certificado de bienes otorgado por el departamento de avalúos y catastros en caso de no estar catastrado o en caso de desmembración
Comprobante de pago del impuesto de alcabalas y/o plusvalía de ser el caso.
Pago de Alcabalas del consejo Provincial
Si la venta es de bienes inmuebles de menores de edad, se debe adjuntar la
autorización judicial debidamente ejecutoriada
Informe de Avalúos actualizado emitido por el Departamento de Avalúos y Catastros Municipal.
Certificado de no adeudar al Municipio de los comparecient
es
Requisitos Especiales
En caso de que la compraventa se realice mediante poder especial o general
El poder debe contener la autorización expresa para el acto o contrato que se está realizando.
- El poder tiene que estar vigente a la fecha que se realiza el acto o contrato.
- En caso de que la compraventa se estipule a nombre de una tercera persona, se deberá adjuntar la copia de la cédula de la persona a nombre de quién se estipula.
- En caso de que, los comparecientes tengan capitulaciones matrimoniales, se deberá adjuntar escritura de las mismas.
Procedimiento
TRÁMITE PRESENCIAL:
Dirigirse a las oficinas del Registro con los requisitos correspondientes del trámite a solicitar.
Realizar el pago en efectivo en la ventanilla de recaudacion o rentas conforme la orden de pago emitida por el Registrador
Una vez inscrita la razón de inscripción, será notificada por medio de correo electrónico asignado en la escritura o de forma física (a elección del usuario)
Trámite en Línea
N/A
Costo
El determinado en la Reforma a la Ordenanza para la organización, administración y funcionamiento del Registro Municipal de la Propiedad del Cantón Carlos Julio Arosemena expedido el 07 de mayo del 2013 El arancel será de acuerdo al avaluo predial Depósitos y Transferencias a la cuenta corriente de Ban Ecuador No. 0350034032 a nombre del GAD MUnicipal de Carlos Julio Arosemena Tola, y confirmar al número telefonico del departamento de rentas No. 062853235 extensión 1015. |
Vigencia
5 dias término
Horario
Lugar: Cantón Carlos Julio Arosemena Tola, Provincia de Napo, ubicado en la Planta baja vía Puyo-Tena a 100 m del UPC. Horario para recibir los requisitos: Lunes a Viernes de 7h30 a 12h30 y de 13h30 a 16h30. Horario de Atención Recaudación: Lunes a Viernes de 7h30 a 12h30 y de 13h30 a 16h00. TRÁMITE EN LÍNEA: TRÁMITE PRESENCIAL: tramite presencial |
Contacto
Nombre: Silvia Araujo
Teléfono: 062853235 ext 1018
Correo: gretita66@yahoo.es
