A través de este trámite se inscribe la hipoteca constituida sobre inmuebles que no dejan por eso de permanecer en poder del deudor y su finalidad es garantizar todas las obligaciones que adquiera el deudor con el acreedor.
Beneficiarios
Este servicio de INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA:
Lo puede realizar cualquier persona con la debida documentación requerida, es decir toda persona natural o jurídica, publica- privada, Extranjera-Ecuatoriana
Requisitos Obligatorios
Si los comparecientes son personas naturales:
1. Dos testimonios de Escritura pública de constitución de hipoteca.
2. Autorización judicial si la persona no tiene la libre administración de sus bienes.
3. Certificado de Avalúos actualizado emitido por el Departamento de Avalúos y Catastro Municipal.
4. Plano vigente otorgado por el Departamento de Avalúos y Catastro del GAD Municipal del Cantón Santa Lucía.
5. Certificado de no adeudar al Municipio.
6. Certificado de gravámenes
Si los comparecientes son personas jurídicas:
7. Nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil.
8. Certificado de registro único de contribuyentes.
9. Autorización de los socios o accionistas de la compañía
SI EL O LOS COMPARECIENTES SON ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO O EMPRESAS :
1. Acta de sorteo de Notaría Pública generada por el Consejo de la Judicatura.
Requisitos Especiales
-En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con la carta de autorización (poder) debidamente suscrita por el deudor hipotecario.
– Menores de edad: Autorización judicial debidamente ejecutoriada.
-Personas jurídicas Nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil y Autorización de los socios o accionistas de la Compañía.
-En caso de cancelaciones es necesario adjuntar cédula y certificado de votación del representante legal.
-Cuando se trate de bienes de propiedad de Compañías debe adjuntar el respectivo Ruc ó Rise
-Cesiones de derechos hipotecarios deberá adjuntar la cesión debidamente notariada
-En caso que se contraiga la hipoteca con una institución financiera se deberá adjuntar Nombramiento vigente del Representante legal de la institución con su respectiva inscripción en el Registro Mercantil.
Procedimiento
El ciudadano que realice su trámite en línea y presencial, receptará observaciones y/o la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en los campos establecidos en la creación de usuario.
2. Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
3. En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y modificarla en la opción trámite en línea.
Canales de atención:
Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Trámite en Línea
Costo
Se calcula según el Avalúo, la tabla de aranceles a pagar que consta en el Art. 17 numeral 2. literal C), de la
