AUMENTO DE CAPITAL SUSCRITO DENTRO DEL AUTORIZADO

Las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el país podrán inscribir el Aumento de capital suscrito dentro del autorizado

Beneficiarios

* Ciudadano mayor de 18 años nacional o extranjero

* Son todas las personas jurídicas  legalmente constituidas en el Cantón Rumiñahui o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el Cantón Rumiñahui que deseen inscribir Aumento de capital suscrito dentro del autorizado

Requisitos Obligatorios

Presentar al  menos tres testimonios  o protocolizaciones  originales  del  acta de la junta general sea ordinaria, extraordinaria o universal de accionistas o socios que resolvió el aumento del capital suscrito dentro de los límites del autorizado.

Si el aumento de  capital se  realizare con  bienes inmuebles, previo a la inscripción en  el Registro Mercantil se deberá efectuar la inscripción de  la escritura  en  el  Registro  de  la  Propiedad.

Tratándose de Instituciones del Sistema Financiero, la protocolización deberá contener el acta del directorio, y la certificación del representante legal de que el aumento se ha pagado en la forma resuelta por el directorio

Si el aumento de  capital se  realizare con  bienes inmuebles, previo a la inscripción en  el Registro Mercantil se deberá efectuar la inscripción de  la escritura  en  el  Registro  de  la  Propiedad.

Dentro de la escritura de aumento de capital deberá haber  una  cláusula de declaración juramentada de la correcta integración del capital.

Dentro  de   la  escritura  de   aumento  deberá  existir  una   cláusula  de declaración  juramentada  manifestando  que   dicha    compañía  no   tiene contratos con  el Estado; si dicha  compañía tiene  contratos con  el Estado, adjuntar el certificado que  se  encuentra al día  en  sus  obligaciones con  el IESS.

Adjuntar como   documento habilitante de  la  escritura   de  aumento de capital,  el  acta   con  la  firma   de  todos   los  socios o accionistas  a  la  junta General sea Ordinaria, Extraordinaria o Universal de  la  compañía,  publicación por prensa, pagina Web o convocatoria según estatutos  con  las  firmas de  los  accionistas o socios que concurrieron a la junta.

Adjuntar las cédulas y certificados de votación vigentes de representantes.

Copia del RUC.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

El usuario debe presentar la documentación que se requiere en la ventanilla de atención al cliente.

Luego de tres días hábiles se notificará al Usuario el estado de su trámite vía correo electrónico.

Se notificará al Usuario por correo electrónico observaciones, si fuera el caso o a su vez la proforma con los valores a cancelar del trámite.

El usuario cancelará en las ventanillas de recaudación del RPMR, los valores establecidos en la proforma

Acudir al Registro Mercantil para retirar la razón de inscripción.

Trámite en Línea

N/A

Costo

$ 25,00 + 0.5 % del valor de la cuantía determinada en el contrato

Vigencia

N/A

Horario

DIRECCIÓN: Av. Luis Cordero N° 377 y Av. General Enríquez, C.C. River Mall

 

ATENCIÓN:

De lunes a viernes

HORARIO HABITUAL

CAJA – RECAUDACIÓN

08H00 a 15h30

INGRESO Y REINGRESO DE ESCRITURAS:

08h00 a 16h30

TELÉFONOS: 6021-600

WhatsApp: 0990319752

CORREO ELECTRÓNICO: info@rpmr.gob.ec
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Contacto

Nombre: ATENCIÓN CIUDADANA
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