El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, está orientado hacia el análisis, la revisión y la emisión de la extinción o suspensión de la autorización para el ejercicio de actividades de comercialización de Gas Licuado de Petróleo a través de Centros de acopio o Depósitos de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP).
Beneficiarios
Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desean ejecutar actividades hidrocarburíferas en el Ecuador.
Requisitos Obligatorios
Solicitud de suspensión o de extinción de la autorización y registro de Centro de Acopio o Depósito de Distribución de Gas Licuado de Petróleo en cilindros a través de este portal.
Transacciones actualizadas en el Sistema de Trazabilidad Comercial (STC).
En caso de solicitud de extinción, estar al día en los pagos por control anual.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Pasos a seguir en línea:
El Usuario accede al trámite mediante la opción “
Ir al trámite en línea
” que se encuentra en la presente página
Llena los respectivos campos obligatorios del formulario digital.
Una vez recibido el formulario digital conjuntamente con los archivos de los documentos de respaldo (de ser el caso), se analizará la pertinencia de la solicitud y de considerarse afirmativa se procederá a emitir la resolución de suspensión o extinción de la autorización de operación de centros de acopio o depósitos de distribución de gas licuado de petróleo en cilindros de acuerdo a los plazos establecidos en el marco legal; se notificará de manera digital de su emisión.
Pasos a seguir de manera presencial (únicamente en caso de requerirse):
En caso de ser necesario, se solicitará al sujeto de control presentar la documentación de respaldo (originales, copias certificadas por notario público, copias certificadas por el régimen de fedatarios o copias simples con la declaración responsable firmada en cualquiera de las Coordinaciones Zonales a nivel nacional para proceder con el inicio de la ejecución del trámite.
Una vez analizada la pertinencia de la solicitud se procederá a emitir la resolución de suspensión o extinción de la autorización de operación de centros de acopio o depósitos de distribución de gas licuado de petróleo en cilindros.
Trámite en Línea
https://www.gob.ec/tramites/11090/webform
Costo
Gratuito
Vigencia
El período de suspensión se ajusta al marco legal establecido. Para el caso de extinción de la autorización, se elimina definitivamente la capacidad de realizar actividades de comercialización de Gas Licuado de Petróleo (GLP).
Horario
Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana y Coordinaciones Zonales o Direcciones Distritales según su jurisdicción.
Horario de atención: Lunes a Viernes de 08h00 a 16h30
Contacto
Nombre: Patricio Nuñez
Teléfono: 3996 500
Correo: wilson.nunez@controlrecursosyenergia.gob.ec
