Autorización de Traslado de Mercancías de un punto a otro dentro del territorio aduanero ecuatoriano

Consiste en la operación aduanera mediante la cual se transporta mercancías bajo control y potestad del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, de un punto a otro dentro del territorio aduanero ecuatoriano, la cual conlleva la ejecución de monitoreo aduanero georreferenciado, siempre que exista la viabilidad técnica de colocar un Precinto Electrónico de Monitoreo Aduanero  (PEMA) en la unidad de carga o medio de transporte.

Existen los siguientes traslados:

  • Traslado planificado: es aquel donde la mercancía es descargada en el lugar de entrega pactado con el transportista internacional en el documento de transporte y que será movilizada posteriormente a otra zona primaria para llevar a cabo el proceso de despacho.
  • Traslado no planificado: es aquel donde las mercancías han sido descargadas en un lugar distinto al pactado con el transportista, por causa de un arribo forzoso o por razones de conveniencia logística.

Beneficiarios

  • Depósitos Temporales
  • Transportista efectivo
  • Administrador de Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE)
  • Importadores, bajo la condición de que haya existido un traslado previo, y que sea necesario cumplir con un reembarque.

Requisitos Obligatorios

Registro como Operador de Comercio Exterior (OCE) en el sistema informático Ecuapass.

Registro de Medio de Transporte

Verificar que se encuentre la ruta ingresada en el Ecuapass

Garantía general o específica de acuerdo al tipo de OCE para cumplir eventuales tributos

Factura comercial

Documento de transporte

Requisitos Especiales

Existen requisitos especiales o consideraciones adicionales que forman farte del presente trámite: