Autorización de ingreso de mercancías acogidas al Régimen de Almacén Libre para el almacenamiento y venta de mercancías nacionales o extranjeras a pasajeros en puertos y aeropuertos internacionales; y sus compensaciones

El almacén libre es el régimen especial aduanero, de naturaleza liberatorio que permite el almacenamiento y venta de mercancías nacionales o extranjeras a pasajeros que salgan del país o que ingresen del extranjero, en puertos y aeropuertos internacionales, sin el pago de tributos al comercio exterior. (Art. 175 del Reglamento al Copci).

Mercancías Admisibles.­ Bajo este régimen aduanero podrán ingresar todo tipo de bienes terminados posibles de ser vendidos a pasajeros que ingresan o salen del país, los que para su exhibición y venta deberán estar identificados con la leyenda «libre de tributos».

La leyenda de identificación mencionada en el inciso precedente será requisito para la comercialización y exhibición, pero no para la importación, por lo que su colocación podrá efectuarse en las bodegas o establecimientos autorizados dentro del país.

Instalaciones.- Este régimen aduanero deberá desarrollarse en instalaciones físicas autorizadas por la administración aduanera, debiendo rendir previo al inicio de sus operaciones, una garantía general ante la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

La Dirección General establecerá las condiciones, requisitos y formalidades, necesarios para gozar de esta calificación.

Las Instalaciones podrán ser calificadas por un plazo de hasta cinco años, pudiendo renovarse por periodos similares cuantas veces se solicite y la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador lo estime conveniente. Conservación de la mercancía.­ La mercancía ingresada bajo el régimen de almacén libre no podrá ser objeto de procesos de transformación o elaboración que modifiquen su estado o naturaleza. Solo se podrán realizar acciones de agrupamiento o acondicionamiento de los embalajes con fines promocionales destinados a impulsar sus ventas, siempre que estos hechos no eliminen la posibilidad de identificar de manera individualizada los bienes

 

Beneficiarios

Almacen Libre – Duty Free:

Se le permite el almacenamiento y venta de mercancías nacionales o extranjeras a pasajeros que salgan del país o que ingresen del extranjero, en puertos y aeropuertos internacionales, sin el pago de tributos al comercio exterior.

Pasajeros nacionales o extranjeras:

Compra de mercancías nacionales o extranjeras, en puertos y aeropuertos internacionales, sin el pago de tributos al comercio exterior.

 

Requisitos Obligatorios

Transmisión del régimen aduanero de almacén libre

Registro como Operador de Comercio Exterior en el sistema informático Ecuapass.

En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta:
https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf

Códigos de productos de las mercancías.

Solicitud de acogimiento al régimen.

Garantía general del Almacén Libre.

 Declaración aduanera.

Registro y Verificación de la Reexportación Individualizada.

Registro de reexportación individualizada,

Compra de Mercancías en Almacén Libre – Duty Free

Presentar el documento de identificación.

Pase de abordaje del vuelo de arribo del pasajero.

Requisitos Especiales

Realizar la Administración de relación de OCE y agente de aduana, el procedimiento se encuentra en el siguiente link: 
https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2018/11/SENAE-ISEE-2-2-001…
;

Una vez obtenida la autorización o su renovación, el Almacén Libre, como condición para su operación, deberá presentar una garantía general vigente, conforme lo establecido en el literal e) del artículo 234 del Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

Procedimiento

PROCEDIMIENTO EN LÍNEA

El procedimiento en cuanto a la Transmisión del régimen aduanero de almacén libre, es el siguiente:

Ingresar al sistema informático Ecuapass;
Ruta:

https://ecuapass.aduana.gob.ec
> Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Registro de código de producto.

Registrar de códigos de tributos en la pantalla “Registro de códigos de productos” en el portal Ecuapass.

Ingresar al sistema informático Ecuapass;
Ruta:

https://ecuapass.aduana.gob.ec
> Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Solicitud de Autorización.

Registrar la solicitud de acogimiento al régimen.

Ingresar al sistema informático Ecuapass;
Ruta:

https://ecuapass.aduana.gob.ec
> Tramites Operativos > 1.1.1 Documentos Electrónicos > Declaración de Importación.

Transmitir la Declaración aduanera.

Determinar los tributos de naturaleza liberatorio.

Realizar aforo (revisión de mercancías).

Retirar la mercancía.

Registro y Verificación de la Reexportación Individualizada.

Ingresar al Web servises del sistema informático Ecuapass;
Ruta:

https://ecuapass.aduana.gob.ec
> Tramites Operativos > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Control de ventas y destrucción de almacenes libres.

Ingresar en el sistema informático interconectado con la Aduana la culminación del régimen efectuado por reexportación individualizada, registrando la siguiente información:

Detalle de la mercancía reexportada individualmente;

Nombre del viajero;

Número de documento de identificación;

Número de vuelo del pasajero.

Con el fin de cumplir con el inventario y el registro en línea de las transacciones relacionadas con las ventas realizadas por los almacenes libres.

PROCEDIMIENTO PRESENCIAL

1. Presentar su documento de identificación y su pase de abordaje del vuelo de arribo del pasajero.

Trámite en Línea

https://ecuapass.aduana.gob.ec/

Costo

Los trámites aduaneros no tienen costo. Sin embargo, el beneficiario (Almacen Libre) debe considerar el pago de servicios tales propios de la logística, transporte, almacenaje y honorarios del agente de aduana.

Vigencia

La autorización de permanencia de mercancías que ingresen al país bajo el régimen de almacén libre, será de dos años.

Horario

LUGARES Y HORARIOS DE ATENCIÓN

  1. Para trámite  en línea:

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

  • Para trámite con componente presencial 
  • Lugares de atención:

    Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec…
    ;

    Subdirección de Apoyo Regional https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/<… ;

    Cuenca https://www.aduana.gob.ec/cuenca/Esmeraldas https://www.aduana.gob.ec/esmera…
    ;

    Guayaquil Pto. Marítimo https://www.aduana.g…
    ;

    Guayaquil – Zona de Carga Aérea https://www.a…
    ;

    Huaquillas https://www.aduana.gob.ec/huaqui…
    ;

    Latacunga https://www.aduana.gob.ec/latacun…
    ;

    Loja-Macará https://www.aduana.gob.ec/loja-…
    ;

    Manta https://www.aduana.gob.ec/manta/<… ;

    Puerto Bolívar https://www.aduana.gob.ec/pto-b…
    ;

    Quito https://www.aduana.gob.ec/quito/<… ;

    Tulcán https://www.aduana.gob.ec/tulcan/Horario de atención 08h00 – 17h00 (indicar si hay horarios extendidos como en frontera o sala de arribo)

    Contacto

    Nombre: Jefatura de Atención al Usuario
    Teléfono:
    1800-238262
    Correo: mesadeservicios@aduana.gob.ec