Constituyen envíos de socorro los bienes importados por las entidades del sector público u organizaciones privadas de beneficencia o de socorro reconocidas como tales por las secretarías de estado competentes, en virtud de una Declaratoria de emergencia dictada por el Presidente de la República, y que estén destinadas a suplir necesidades derivadas de catástrofes naturales, epidemias, prestación de servicios públicos, conmoción nacional o desastres análogos, para ser utilizados inmediatamente.
Beneficiarios
– Persona Jurídica – Pública: entidades del sector público
– Persona Jurídica – Privada: Organizaciones privadas de beneficencia o de socorro reconocidas por la secretaría de estado competente.
Requisitos Obligatorios
Sector Público:
1. Declaratoria de emergencia dictada por el Presidente de la República.
2. Solicitud suscrita por la máxima autoridad de la entidad solicitante, detallando:
Las mercancías a importarse;
Cantidades estimadas;
Fecha y lugar de arribo; y,
Número de Decreto Ejecutivo de la declaratoria de emergencia.
Organizaciones Privadas de Beneficencia o de Socorro:
1. Declaratoria de emergencia dictada por el Presidente de la República.
2. Solicitud suscrita por la máxima autoridad de la entidad solicitante, detallando:
Las mercancías a importarse;
Cantidades estimadas;
Fecha y lugar de arribo; y,
Número de Decreto Ejecutivo de la declaratoria de emergencia.
3. Certificado correspondiente otorgado por la Secretaría de Estado competente que determine que el consignatario es una organización privada de beneficencia o con finalidad social, reconocida.
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
Para efectos del presente trámite, el usuario puede acogerse a uno de los siguientes procedimientos:
Procedimiento a):
Procedimiento por Correo electrónico:
– Ingresar a través del canal de mesadeservicios@aduana.gob.ec la solicitud para obtener la exención de tributos al comercio exterior, suscrita por la máxima autoridad de la entidad solicitante.
– Coordinar inspección con el funcionario de la administración aduanera..
– Llenar el formato manual de Declaración Aduanera Simplificada y enviar al canal de
mesadeservicios@aduana.gob.ec
Procedimiento – Presencial:
– Asistir a la inspección de la mercancía.
– Retirar mercancías acogidas a la exención de envíos de socorro.
Procedimiento b):
Procedimiento – Presencial:
– Ingresar físicamente la solicitud para obtener la exención de tributos al comercio exterior, suscrita por la máxima autoridad de la entidad solicitante.
Procedimiento por Correo electrónico:
– Coordinar inspección con el funcionario de la administración aduanera.
Procedimiento – Presencial:
– Asistir a la inspección de la mercancía.
– Llenar el formato manual de Declaración Aduanera Simplificada.
– Retirar mercancías acogidas a la exención de envíos de socorro.
Trámite en Línea
N/A
Costo
Los trámites aduaneros no tienen costo. Sin embargo, el usuario debe considerar el pago de servicios propios de la logística, tales como el transporte, almacenaje, honorarios del agente de aduana entre otros costos.
Vigencia
N/A
Horario
Horario de atención de 08h00 – 17h00 en los siguientes lugares:
Dirección General SENAE: Cuenca Guayaquil – Zona de Carga Aérea Huaquillas Loja-Macará Nombre: Jefatura de Atención al Usuario
https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/Subdirección de Apoyo Regional
https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/…
;
https://www.aduana.gob.ec/cuenca/Esmeraldas
https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/Guayaquil Pto. Marítimo
https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/<…
;
https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/<…
;
https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/Latacunga
https://www.aduana.gob.ec/latacunga/…
;
https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/Manta
https://www.aduana.gob.ec/manta/Puerto Bolívar
https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/Quito
https://www.aduana.gob.ec/quito/Tulcán
https://www.aduana.gob.ec/tulcan/Contacto
Teléfono: 1800-238262
Correo: mesadeservicios@aduana.gob.ec
