Solicitud de Aprobación de Facilidades de pago de tributos para la importación de bienes de capital y pago de tributos al comercio exterior, intereses y recargos determinados en un control posterior; deudas por procesos coactivos y multas

Los usuarios pueden solicitar facilidades para el pago de tributos al comercio exterior en la importación de bienes de capital; tributos al comercio exterior, intereses y recargos determinados en un control posterior; deudas en procesos coactivos y multas.

Se podrán conceder facilidades para el pago de todos los tributos al comercio exterior para la importación de bienes de capital, conforme las disposiciones del Código Tributario. Se podrán conceder facilidades para el pago de los tributos al comercio exterior, intereses y recargos que hayan sido determinados en un control posterior, conforme las disposiciones del Código Tributario. Del mismo modo, se podrá conceder facilidades de pago dentro de los procedimientos de ejecución coactiva, así como para el cobro de multas. La autoliquidación autorizada para el pago, la liquidación complementaria efectuada como consecuencia del acto de aforo y la rectificación de tributos, serán título ejecutivo y suficiente para ejercer la acción de cobro a través del procedimiento coactivo.

En las notas de crédito que deba emitir el Servicio Nacional de Aduanas, como consecuencia de créditos a favor del sujeto pasivo, de acuerdo con lo prescrito en el reglamento a este Código y los procedimientos establecidos por la autoridad aduanera, se incluirán todos los tributos al comercio exterior y los respectivos intereses que se generen legalmente. También se podrán devolver los gravámenes económicos de naturaleza comercial que se recarguen a las importaciones o exportaciones, por medidas de defensa comercial adoptadas por el Gobierno nacional.

El plazo para conceder facilidades de pago será de hasta veinte y cuatro (24) meses, salvo aquellos casos especiales en que se podrá autorizar hasta 48 meses, excepto en el caso de las multas.

Beneficiarios

Personas naturales o representantes legales de la persona jurídica que debe satisfacer obligaciones con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

Importadores directos o cesionarios al que dichos importadores hubieren cedido los derechos de propiedad de los bienes de capital importados.

Requisitos Obligatorios

REQUISITOS

Rendir como mínimo el 20% de entrada del total del valor de los tributos u obligación pendiente.

Contar con una garantía específica.(Obligatorio para solicitudes de bienes de capital y para solicitudes por tributos al comercio exterior, intereses y recargos determinados en un control posterior; facilidades por deudas en procesos coactivos únicamente cuando el plazo sea mayor a 24 meses.)

Contar con una cuenta bancaria habilitada.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

El procedimiento en cuanto a solicitudes de facilidades de pago para la importación de bienes de capital.

1.Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Solicitud de facilidad de pago de bienes de capital.

2.Registrar la solicitud electrónica de facilidad de pago.

3. Firmar electrónicamente la solicitud de facilidad de pago.

4. Transmitir la declaración aduanera de importación a consumo con tipo de pago “Facilidad de pago” una vez que la solicitud de facilidad de pago cuente con estado “Procesada”.

5. Registrar la garantía aduanera ingresando al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Solicitud de aprobación de garantía. (una vez que la cuota de entrada se encuentre con estado “Pagada”)

El procedimiento en cuanto a solicitudes de facilidades para el pago de tributos al comercio exterior, intereses y recargos determinados en un control posterior; deudas en procesos coactivos y multas.

1. Ingresar al sistema informático Ecuapass: Si el solicitante tiene cuenta en Ecuapass, dirigirse a la Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos> 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Solicitud de facilidades de pago para obligaciones pendientes.  Si el solicitante no posee cuenta en Ecuapass deberá acceder al navegador de Internet y registrar la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec. Al visualizarse el portal externo del Ecuapass, dar clic sobre el acceso directo opción “1.11 Solicitud de facilidades de pago por obligaciones pendientes”.

2.Registrar la solicitud electrónica de facilidad de pago. 

3. Firmar la solicitud de facilidad de pago.

4. Presentar físicamente en la Dirección Distrital competente la garantía aduanera específica (únicamente para los casos de solicitudes con plazo mayor a 24 meses)

Trámite en Línea

https://ecuapass.aduana.gob.ec

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace:
https://ecuapass.aduana.gob.ec/

Contacto

Nombre: Jefatura de Atención al Usuario
Teléfono: 1800-238262
Correo: mesadeservicios@aduana.gob.ec