Emisión del permiso de funcionamiento de centros de formación y capacitación del personal de vigilancia y seguridad privada

Trámite orientado a emitir el permiso de funcionamiento para los centros de formación y capacitación del personal de vigilancia y seguridad privada habilitante para el inicio de operación en capacitación del Personal de Vigilancia y Seguridad Privada.

Beneficiarios

El trámite de emisión del permiso de funcionamiento para los Centros de Formación y Capacitación del personal de Vigilancia y Seguridad Privada esta dirigido para ciudadanos ecuatorianos y extranjeros, así como también personas jurídicas.

Requisitos Obligatorios

1. Solicitud suscrita por el representante legal del Centro de Formación y Capacitación al personal de Vigilancia y Seguridad Privada, dirigida al titular de la Dirección de Regulación y Monitoreo de Seguridad Privada;

2. Registro único de contribuyentes actualizado;

3. Copia certificada de la escritura de constitución de la compañía de responsabilidad limitada, cuyo objeto social sea la prestación de servicios educativos, orientados a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento de las destrezas del personal de vigilancia y seguridad privada, y acredite un capital social mínimo de diez mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica;

4. Declaración juramentada de los socios y administradores, de no encontrarse incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 3 de la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada y;

5. Copia certificada del nombramiento del representante legal de la compañía debidamente inscrito en el Registro Mercantil;

6. Copia certificada del Reglamento Interno de la compañía, debidamente aprobado por el Ministerio de Trabajo;

7. Certificado de Propiedad otorgado por el Registro de la Propiedad de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el bien inmueble, en el cual conste que el mismo es de propiedad del centro de formación y capacitación, o a su vez, el contrato de arrendamiento debidamente legalizado, por un periodo de vigencia no menor a dos años;

8. Nómina del personal, administrativo y docente del establecimiento y las respectivas hojas de vida, que justifiquen la formación profesional o técnica, o el ejercicio de la docencia en centros de educación media o superior, o la experiencia como capacitadores o instructores en la materia;

9. Croquis de ubicación y plano descriptivo de la infraestructura y su distribución destinada a oficinas administrativas, aulas, laboratorio de computación, área de práctica de primeros auxilios, defensa personal; y, servicios sanitarios, que cumplan con los parámetros establecidos en el artículo 13 del presente Reglamento;

10. Informe favorable de inspección de las instalaciones del centro de formación y capacitación, emitido por la Unidad de Policía de Control de Seguridad Privada y Control de Armas Letales y No Letales;

11. Póliza de responsabilidad civil contra daños a terceros y/o usuarios, para garantizar a quienes puedan resultar perjudicados en el proceso de formación y capacitación, con un valor asegurado mínimo de 100.000 mil dólares de los Estados Unidos de América, por evento y vigencia igual o mayor al permiso de funcionamiento bienal;

12. Permiso de Bomberos:

13. Permiso de uso de suelo;

14. Comprobante de pago por recuperación de costos administrativos, por concepto de emisión del permiso de funcionamiento del centro de formación y capacitación.

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Pasos a seguir para el trámite en línea

Acceder  a la opción  “ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página y llene los respectivos campos obligatorios del formulario digital.

Recibir notificación por parte la Dirección de Regulación y Monitoreo de Seguridad Privada del Ministerio del Interior como constancia de envío de solicitud.

Asistir a la inspección coordinada previamente con la Dirección de Regulación y Monitoreo de Seguridad Privada.

Acercarse a retirar  la resolución ministerial del permiso de funcionamiento de centros de formación y capacitación de personal de vigilancia y seguridad privada.

Pasos a seguir para el trámite presencial

El Representante Legal del Centro de capacitación deberá:

1. Ingresar a la página web del Ministerio del Interior https://www.ministeriodelinterior.gob.ec/programas-servicios/ ir a la opción seguridad privada 

2. Ingresar la documentación para la obtención del permiso de funcionamiento del centro de capacitación (matriz o sucursal) en Secretaría General ubicada en la Av. de los Shyris N38-28 entre El Telégrafo y La Tierra.

3. Subsanar las observaciones realizadas por la Dirección de Regulación y Monitoreo de Seguridad Privada, de ser el caso en 10 días término.

4. Recibir notificación de la Dirección de Regulación y Monitoreo de Seguridad Privada, de la fecha de inspección de verificación a la infraestructura del centro de capacitación.  

5. Participar en la inspección física a la infraestructura del centro de capacitación por parte de la Unidad Nacional de Policía de Control de Seguridad Privada y Control de Armas Letales y No Letales (COSP).  

6. Firmar el Acta de la inspección física a la infraestructura del centro de capacitación.  

7. Recibir el permiso de funcionamiento como Centro de Formación y Capacitación del Personal de Vigilancia y Seguridad Privada.

NOTA:

En el caso de no aprobar la segunda inspección el trámite se archivará automáticamente y lo que deberá realizar otro trámite.

Trámite en Línea

https://www.gob.ec/tramites/11219/webform

Costo

El trámite tiene un costo de USD $ 500 dólares.

Vigencia

El trámite de emisión del permiso de funcionamiento para los Centros de Formación y Capacitación del personal de Vigilancia y Seguridad Privada tiene una vigencia de dos (2) años.

Horario

Provicia Cantón Responsable de la atenciónDirecciónHorario
PichinchaQuitoDirección de Regulación de Seguridad PrivadaAv. Amazonas N24-196 y Luis Cordero, edificio Contempo8:00 – 17:00

Contacto

Nombre: Jordy Coronel
Teléfono: N/A
Correo: centros.formacion@ministeriodelinterior.gob.ec