Este trámite se realiza para obtener la autorización para el uso de las riberas o para la ocupación de determinadas áreas para instalar muelles, muros, parrillas, varaderos y cabotaje, de acuerdo a la ordenanza vigente.
Beneficiarios
A todas las personas naturales (ecuatorianas, extranjeras), y personas jurídicas que deseen ocupar determinadas áreas para instalar muelles, muros, parrillas, varaderos, cabotajes, o el uso de las riberas, de acuerdo a las ordenanzas vigentes.
Requisitos Obligatorios
Consulta de uso del suelo
Lo debe obtener a través de la página web del Municipio,
, en la sección «Servicios en Línea», en la opción «Consulta» de la barra de menú, seleccionar »
Uso de Suelo
«, y digitar el código catastral.
Para las solicitudes que no obtienen respuesta en el sistema de servicios en línea, deberá ingresar una carta dirigida a la Subdirección de Uso de Suelo, a través de la
Ventanilla Universal Virtual
, solicitando la habilitación de la consulta del Uso de Suelo para su código catastral, o a través de las ventanillas indicadas en la sección
¿Dónde y cuál es el el horario de atención?
«descargar el Formulario de Solicitud de Consulta de Uso de Suelo de la página web e ingresarlo en la Ventanilla 54 (Palacio Municipal, Pichincha 613 y 10 de Agosto, Bloque Suroeste 3, planta baja) Verifique: El código catastral (urbano o rústico).» VERIFICAR CUÁL ES EL PROCESO ACTUAL
Póliza de seguros vigente para otorgar seguridad y cubrir daños civiles a terceros.
Acuerdo Ministerial, autorizando la ocupación de la zona de playas y bahías otorgado por la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial (Puerto Marítimo de Guayaquil, Zona Bancaria (módulo 16-17) – Teléfonos 042592080, horario de atención en ventanillas 08h00 a 16h30).
Obtención de la certificación definitiva vigente, emitida por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Guayaquil (Av. 9 de Octubre 607 y Escobedo).
Licencia ambiental otorgada por la Dirección de Ambiente (Requisito no necesita ser adjuntado. Será verificado en los sistemas informáticos municipales).
Solo para el caso de remodelación u obra menor, obtención del permiso de construcción otorgado por la Dirección de Control de Edificaciones, Catastro, Avalúos y Control Minero (Requisito no necesita ser adjuntado. Será verificado en los sistemas informáticos municipales).
Nombramiento del Representante Legal, si es persona jurídica.
Formulario »
Registro Autorización de varaderos – muelles – muros – parrillas y cabotaje
»
Tasa de habilitación vigente (Requisito no necesita ser adjuntado. Será verificado en los sistemas informáticos municipales).
Requisitos Especiales
Procedimiento
1.- Contar con la siguiente documentación:
Uso del suelo.
Póliza de seguros.
Acuerdo Ministerial.
Certificación definitiva vigente, emitida por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Guayaquil.
Licencia ambiental.
Solo para el caso de remodelación u obra menor, permiso de construcción otorgado por la Dirección de Control de Edificaciones, Catastro, Avalúos y Control Minero.
2.- Redactar la carta de solicitud.
3.- Ingresar la carta de solicitud junto con los requisitos en la Ventanilla Universal Virtual en la página web institucional, o a través de las ventanillas indicadas en la sección
¿Dónde y cuál es el el horario de atención?
4.- Posteriormente,
esperar la notificación de culminación del trámite a través del correo electrónico registrado, o efectuar el seguimiento del trámite, a través de la
Ventanilla Universal Virtual
.
Trámite en Línea
https://sgtm.guayaquil.gob.ec/ConsultasWeb
Costo
El valor que se genera por el permiso para la instalación y uso de muelles, muros, parrillas, varaderos o cabotaje será calculado por cada metro de ocupación, de acuerdo al siguiente detalle:
Parrillas: Cuatro por ciento (4%) del SMVG, vigente al 1 de enero del ejercicio económico, por metro cuadrado de ocupación.
Varaderos: Cincuenta por ciento (50%) del SMVG, vigente al 1 de enero del ejercicio económico, por metro lineal de ribera ocupado.
Áreas de recepción: Cinco por ciento (5%) del SMVG, vigente al 1 de enero del ejercicio económico, por metro cuadrado.
Puentes de penetración y plataformas: Cuatro por ciento (4%) del – SMVG, vigente al 1 de enero del ejercicio económico, por metro cuadrado de ocupación.
Muros: Cincuenta por ciento (50%) del SMVG, vigente al 1 de enero del ejercicio económico, por metro lineal de ribera ocupada.
Los muelles privados clasificados como turísticos gozarán de una rebaja tarifaria de veinte por ciento (20%).
Los muelles clasificados como industriales pagarán un recargo tarifario del veinte por ciento (20%).
Vigencia
El permiso es válido hasta el 31 de diciembre del año en curso.
Horario
Este trámite se lo puede efectuar a través de los siguientes canales de atención:
- Ventanilla Universal Virtual: a través de la Página
Web del Municipio de Guayaquil, las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
- Ventanillas Universales Presenciales: de lunes a viernes de 08h45 a 16h30, ubicadas en:
- Palacio Municipal (Malecón y 10 de Agosto)
- Centro Polifuncional ZUMAR
- Terminal Terrestre
- Corporación Registro Civil ubicada sobre la Av. J.Tanca Marengo
- Edificio EPICO dentro de Guayarte
- Mercado Municipal Artesanal Machala
- Centro de Atención Municipal Integral CAMI de la Av. 29 y Oriente
- Terminal Metrovía en la Av. 25 de Julio
- Posorja: Corporación Registro Civil
- Tenguel: GAD Parroquial de Tenguel
Contacto
Nombre: Alexandra Sancán Miño
Teléfono: 042580206 – 042580488
Correo: marsanxm@guayaquil.gov.ec
