Determinación de la condición de refugiado o apátrida para solicitud extemporánea

Servicio específico para aquellas personas que deseen iniciar un procedimiento de determinación de la condición de refugiado cumplidos los 90 días hábiles desde su ingreso a territorio ecuatoriano y que cuenten con razones de caso fortuito o fuerza mayor que justifiquen su incumplimiento del tiempo estipulado en la normativa.

 

Beneficiarios

A los ciudadanos extranjeros que debido a temores fundamentados de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, que se encuentren fuera de su país de nacionalidad, y no puedan o quieran, a causa de dichos temores, acogerse a la protección de su país, o que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no puedan o no quieran regresar a él; o personas que han huido o no puedan retornar a su país porque su vida, seguridad o libertad ha sido amenazada por la violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público y no puedan acogerse a la protección de su país de nacionalidad o residencia habitual.

Requisitos Obligatorios

Contar con un e-mail personal

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

Llenar el formulario en línea a través del siguiente link:
Formulario de trámite | Ecuador – Guía Oficial de Trámites y Servicios (www.gob.ec)

La Dirección se comunicará con ustedes de acuerdo a su requerimiento por correo electrónico.

Nota a considerar para su registro en el formulario en línea:

Al iniciar su TRÁMITE EN LÍNEA, el formulario le solicitará agregar el Tipo de Identificación; si usted va a registrarse con su número de cédula, el valor ingresado debe tener 10 caracteres.  En caso de que su identificación no contenga los 10 caracteres necesarios, deberá incluir la cantidad de 0 (ceros) a la izquierda del número hasta completarlos. 

Ejemplo: Si el número de su cédula es 381799, usted deberá registrar 0000381799.

Trámite en Línea

N/A

Costo

N/A

Vigencia

N/A

Horario

Ecuador –  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://…
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Contacto

Nombre: Dirección de Protección Internacional
Teléfono:
2993200 ext 12541-12542
Correo: dpin@cancilleria.gob.ec