Las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el país, podrán inscribir el Aumento o Incremento en el valor del capital de una compañía, previamente inscrita.
Beneficiarios
* Ciudadano mayor de 18 años nacional o extranjero
* Son todas las personas jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el país que deseen inscribir un Aumento o Incremento en el valor del capital de una compañía, previamente inscrita.
Requisitos Obligatorios
TRÁMITE EN LÍNEA:
Acta de la junta general
Nombramiento de representante legal debidamente inscrito y vigente a la fecha de la celebración de la escritura en formato
Razón notarial de marginación en formato
Formulario de solicitud de inscripción de aumento o incremento de capital con firma electrónica (se genera del Trámite en línea).
TRAMITE PRESENCIAL:
Tres ejemplares de la escritura pública emitida por el notario.
Acta de la junta general.
Nombramiento de representante legal debidamente inscrito y vigente a la fecha de la celebración de la escritura.
Razones notariales de marginación.
Pago realizado en las ventanillas del Registro Mercantil según el valor de la cuantía.
Requisitos Especiales
En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con el Poder o carta de autorización debidamente suscrita en formato PDF
Procedimiento
MONTOS MINIMOS DE CAPITAL SUSCRITO
a)
Compañías de Responsabilidad Limitada S/. 10’000.000.
b)
Compañías Anónimas y de Economía Mixta S/. 20’000.000.
AUMENTO DE CAPITAL
Las compañías anónimas, de economía mixta y de responsabilidad limitada que tuvieren un capital social inferior a los montos mínimos antes indicados, deberán incrementarlos al menos a los indicados valores, hasta el 31 de diciembre del año 2000.
DISOLUCION
La falta de aumento capital a los mínimos establecidos a la disolución y liquidación de la compañía.
Trámite en Línea
N/A
Costo
$ 25,00 + 0.5 % del valor de la cuantía determinada en el contrato
Los pagos se realizaran mediante depósito o transferencia bancaria a la CUENTA CORRIENTE DEL BANECUADOR N.-1170000547, a nombre del GAD DEL CANTÓN SANTA LUCÍA, RUC: 0960002000001,pueden también realizar sus pagos presencialmente en las ventanillas de Recaudación del Gad Municipal del Cantón Santa Lucía.
Vigencia
TIENE VALIDEZ PERMANENTE, SALVO RESOLUCIÓN JUDICIAL O ADMINISTRATIVA.
Horario
OFICINAS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTÍL SANTA LUCÍA
HORARIO DE ATENCIÓN: 08h00 am – 16h30 pm.
DIRECCIÓN : SEDE MUNICIPAL TEMPORAL DEL GAD DEL CANTÓN SANTA LUCÍA – INSTALACIONES DE LA ANTIGUA ESCUELA «ENRIQUE LOPEZ LASCANO» AVE. MANUEL ARMAS PALLO
Contacto
Nombre: REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL SANTA LUCÍA
Teléfono: 0000000
Correo: registro.propiedad.gadstalucia91@gmail.com
