Es el régimen por el cual se permite obtener la devolución automática total o parcial de los tributos al comercio exterior pagados por la importación de las mercancías que se exporten y que cumplan con las formalidades. Además las condiciones y parámetros son fijados mediante resolución, por el Comité de Comercio Exterior.
Beneficiarios
Este trámite está dirigido a los Operadores de Comercio Exterior registrados en el sistema informático de la Aduana que exportan mercancías de manera definitiva y que cumplan los requisitos para devolución condicionada simplificada.
Requisitos Obligatorios
1.-No tener deudas pendientes con el Servicio Nacional de Aduana de Ecuador.
2.-No tener deudas pendientes con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
3.-No tener deudas pendientes con el Servicio de Rentas Internas.
4.-Que las declaraciones de importación no tengan precedentes.
5.-No haber sido beneficiada de devolución condicionada ordinaria.
6.-No haber sido beneficiada por certificados de abono tributario.
7.-Que se encuentre en estado regularizada.
8.-Tener adjunto el documento de Certificado de Origen Preferencial o no preferencia, Declarar que la mercancía es originaria de Ecuador por lo que cuenta con Certificado preferencial / no preferencial, el cual se adjunta, cuando aplique según Acuerdo Ministerial 005.
9.-Tener adjunto el documento de Registro de operador, Declarar que la mercancía es originaria de Ecuador y cuenta con Registro de Operador, el cual se adjunta, cuando aplique según Acuerdo Ministerial 005.
10.
Envío electrónico de la Declaración Aduanera de Exportación ( de exportaciones numeradas hasta el año 2015).
Requisitos Especiales
Los requisitos que disponga el Comité de Comercio Exterior mediante resoluciones.
Procedimiento
1. Ingresar al sistema informático Ecuapass (http://www.ecuapass.aduana.gob.ec).
2. Ingresar a la opción Registro de Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada que se encuentra en la ruta Trámites Operativos > Elaboración de e-Doc Operativo > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Sección Devolución Condicionada Simplificada.
3. Ingresar la información solicitada
* Modalidad de pago (Los datos de la cuenta deben ser registrados previamente en la misma ruta en la opción «Administración de cuenta bancaria para Devolución Condicionada Simplificada»).
* Declaraciones Aduaneras de Exportación.
4. Guarda la Declaración Aduanera de Devolución Condicionada Simplificada.
5. Firma y envía la Declaración Aduanera de Devolución Condicionad Simplificada, aceptando previamente la documentación requerida por el Ministerio de Comercio Exterior.
Trámite en Línea
https://ecuapass.aduana.gob.ec
Costo
NO
Vigencia
NO
Horario
Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través de la aplicación
Contacto
Nombre: Jefatura de Atención al Usuario
Teléfono: 1800-238262
Correo: mesadeservicios@aduana.gob.ec
