La propiedad horizontal es el derecho real que consiste en el dominio de una unidad de un inmueble con facultades exclusivas, pero moderadas en función del conjunto, y un condominio forzoso sobre las partes comunes como características especiales. Se entiende por permiso para declaratoria de propiedad horizontal el que autoriza las edificaciones que tengan dos o más unidades independientes de vivienda, oficinas, comercios u otros usos, de acuerdo a la Ley de Propiedad Horizontal y su Reglamento, puedan ser enajenados individualmente.
Beneficiarios
Cada propietario tiene dominio exclusivo sobre su unidad privada. Puede vender, enajenar, gravar o ceder la tenencia de su unidad privada a cualquier título. Al uso y disfrute de las zonas comunes. Participar con voz y voto en la Asambleas de copropietarios y formar parte de los órganos de administración.
Requisitos Obligatorios
a.- Presentar tres ejemplares de la Escritura de la Declaratoria de Propiedad Horizontal celebrada ante un Notario. Con su respectivo Reglamento.
b.- Fichas catastrales emitida por avalúos y catastros de la división de departamentos o casas.
c.-
Antecedente de la escritura que realiza la Propiedad Horizontal.
Requisitos Especiales
NINGUNO
Procedimiento
El usuario debe acercarse a la ventanilla del Registro de la Propiedad para entregar los documentos de la Declaratoria de Propiedad Horizontal y esperar que la Secretaria le asigne una fecha de entrega
Trámite en Línea
N/A
Costo
140 dólares
Vigencia
N/A
Horario
Oficinas del Registro de la Propiedad y Mercantil, se encuentra ubicado en el Terminal Terrestre del Cantón Salcedo; Sector Campo Alegre.
Horario de 08H00-13H00 y de 14H00-15H30.
Contacto
Nombre: REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MERCANTIL
Teléfono: 3700-420 ext.424
Correo: rp.salcedo@dinardap.gob.ec
