Trámite orientado a la emisión de resolución de modificación de régimen de pequeña minería a la etapa de explotación o a la etapa de exploración de los regímenes de mediana minería o minería a gran escala.
Beneficiarios
Los beneficiarios del trámite son:
Persona Natural – Ecuatoriana o extranjera: Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente
Persona Jurídica Pública o privada: Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente
Requisitos Obligatorios
Formulario de solicitud impreso del Sistema de Gestión Minera..
Declaración juramentada celebrada ante notario público, donde conste la voluntad de modificar el título de pequeña minería a cualquiera de los periodos de la etapa de exploración o a cualquiera de los regímenes de la etapa de explotación a fin de asumir todas las responsabilidades técnicas, económicas, sociales y ambientales propias de estas etapas. En la declaración deberá constar que el peticionario no está incurso en las inhabilidades establecidas en el Art. 153 de la constitución y Art. 20 de la ley de Minería
Copias de los actos administrativos previos vigentes a la fecha del otorgamiento del título minero
Informe técnico de justificación para la modificación a las etapas de exploración o explotación. El detalle del informe consta en el Acuerdo Ministerial Nro. 29 publicado en el Registro Oficial 264 del 11 de agosto del 2020
Requisitos Especiales
N/A
Procedimiento
1. Completar el formulario en el sistema Sistema de Gestión Minera
2. Ingresar en las oficinas de las Coordinaciones Zonales correspondientes, un oficio dirigido al coordinador zonal adjuntando los documentos habilitantes
3. Atender las observaciones del trámite, si existieren, y enviar mediante correo electrónico, la subsanación de las mismas, en los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación
4. Recibir la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en las Oficinas de la Coordinación Zonal correspondiente en el plazo establecido.
5. Protocolizar la resolución ante notario público
6. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables
7. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente
Trámite en Línea
https://sgm.controlrecursosyenergia.gob.ec/adminuserprime
Costo
5 Remuneraciones Básicas Unificadas – que son valores de la inscripción de la resolución cobrados por la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables
Depósito en efectivo o transferencia a nombre de: Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables
RUC: 1768193080001
Banco: Pichincha
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 2100222767
Correo de confirmación:
lorena.quezada@controlrecursosyenergia.gob.ec
Vigencia
De acuerdo a los informes técnicos, económicos y legales de la Agencia de Regulación y Control Minero.
Horario
Contáctese con los servidores del Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovable.
Coordinación Zonal Centro
aracely.cruz@energiayminas.gob.ec
(02) 3976000 ext.3700
Coordinación Zonal Centro Sur
norma.cardenas@energiayminas.gob.ec
(02) 3976-000 ext.3000
Coordinación Zonal Litoral
jessica.garcia@energiayminas.gob.ec
(02) 3976000 ext.3200
Coordinación Zonal Norte
coordinacion.norte@energiayminas.gob.ec
(02) 3976 000 ext.3300
Coordinación Zonal Sur
Yesenia.Gonzalez@energiayminas.gob.ec
(02) 3976000 ext.3600
Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Ibarra: Coordinación Zonal Norte (Zonas 1, 2 y 9): Calle Obispo José Ignacio Checa y Sánchez y Cifuentes esq. Edificio del Colegio de Ingenieros Civiles de Imbabura, 4to piso – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3300
Tena: Oficina Zonal de Minas Tena: Avenida 15 de Noviembre y Zamora, Edificio Ex. Consejo de la Judicatura, 3er piso- Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3800
Guayaquil: Coordinación Zonal Litoral (Zonas 4, 5 y 8): Cdla. Los Ceibos Av. Del Bombero Km 6½ Vía a la Costa -Edificio Grace – Petroecuador. 1er Piso. -Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3200
Riobamba: Coordinación Zonal Centro (Zona 3): Av. 10 de Agosto y García Moreno (Esq.) – Edificio Costales, Piso 2, Oficina 204 – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3700
Cuenca: Coordinación Zonal Centro Sur (Zona 6): Av. Honorato Vásquez 521 y Luis Cordero – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3000
Macas: Oficina Zonal de Minas Macas: Av. Simón Bolívar y 24 de Mayo. – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3500
Zamora: Coordinación Zonal Sur (Zona 7): Zamora-Edificio de la Gobernación – José Luis Tamayo entre Diego de Vaca y Sevilla de Oro 3er. Piso. – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3909
Loja: Oficina Zonal de Minas Loja: Av. José Antonio Eguiguren y Lauro Guerrero – Edificio Amauta. – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3400
Machala: Oficina Zonal de Minas Machala: Av. Guayas entre Pichincha y Arizaga. Edificio Atlántico, Mezanine. – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3600
Contacto
Nombre: Operadora
Teléfono: (02) 3976000 ext 1000
Correo: atencion.ciudadano@energiayminas.gob.ec
