Emisión de resolución de modificación de régimen de pequeña minería a la etapa de explotación o a la etapa de exploración de los regímenes de mediana minería o minería a gran escala

 

Trámite orientado a la emisión de resolución de modificación de régimen de pequeña minería a la etapa de explotación o a la etapa de exploración de los regímenes de mediana minería o minería a gran escala.

Beneficiarios

Los beneficiarios del trámite son:

Persona Natural – Ecuatoriana o extranjera:  Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente

Persona Jurídica Pública o privada:  Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente

Requisitos Obligatorios

Formulario de solicitud impreso del Sistema de Gestión Minera..

Declaración juramentada celebrada ante notario público, donde conste la voluntad de modificar el título de pequeña minería a cualquiera de los periodos de la etapa de exploración o a cualquiera de los regímenes de la etapa de explotación a fin de asumir todas las responsabilidades técnicas, económicas, sociales y ambientales propias de estas etapas. En la declaración deberá constar que el peticionario no está incurso en las inhabilidades establecidas en el Art. 153 de la constitución y Art. 20 de la ley de Minería

Copias de los actos administrativos previos vigentes a la fecha del otorgamiento del título minero

Informe técnico de justificación para la modificación a las etapas de exploración o explotación. El detalle del informe consta en el Acuerdo Ministerial Nro. 29 publicado en el Registro Oficial 264 del 11 de agosto del 2020

Requisitos Especiales

N/A

Procedimiento

1. Completar el formulario en el sistema Sistema de Gestión Minera

2. Ingresar en las oficinas de las Coordinaciones Zonales correspondientes, un oficio dirigido al coordinador zonal adjuntando los documentos habilitantes

3. Atender las observaciones del trámite, si existieren, y enviar mediante correo electrónico, la subsanación de las mismas, en los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación

4. Recibir la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en las Oficinas de la Coordinación Zonal correspondiente en el plazo establecido.

5. Protocolizar la resolución ante notario público

6. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables

7. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente

 

 

Trámite en Línea

https://sgm.controlrecursosyenergia.gob.ec/adminuserprime

Costo

5 Remuneraciones  Básicas Unificadas – que son valores de la inscripción de la resolución cobrados por la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables

Depósito en efectivo o transferencia a nombre de:  Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables

RUC: 1768193080001

Banco: Pichincha

Tipo de cuenta: Corriente

Nro. de cuenta: 2100222767

Correo de confirmación:
lorena.quezada@controlrecursosyenergia.gob.ec

Vigencia

De acuerdo a los informes técnicos, económicos y legales de la Agencia de Regulación y Control Minero.

Horario

Contáctese con los servidores del Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovable.

Coordinación Zonal Centro           
aracely.cruz@energiayminas.gob.ec
                 (02) 3976000 ext.3700

Coordinación Zonal Centro Sur   
norma.cardenas@energiayminas.gob.ec
         (02) 3976-000 ext.3000

Coordinación Zonal Litoral            
jessica.garcia@energiayminas.gob.ec
              (02) 3976000 ext.3200      

Coordinación Zonal Norte             
coordinacion.norte@energiayminas.gob.ec
     (02) 3976 000 ext.3300          

Coordinación Zonal Sur                  
Yesenia.Gonzalez@energiayminas.gob.ec
      (02) 3976000 ext.3600 

Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

Ibarra: Coordinación Zonal Norte (Zonas 1, 2 y 9): Calle Obispo José Ignacio Checa y Sánchez y Cifuentes esq. Edificio del Colegio de Ingenieros Civiles de Imbabura, 4to piso – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3300

Tena: Oficina Zonal de Minas Tena: Avenida 15 de Noviembre y Zamora, Edificio Ex. Consejo de la Judicatura, 3er piso- Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3800

Guayaquil: Coordinación Zonal Litoral (Zonas 4, 5 y 8): Cdla. Los Ceibos Av. Del Bombero Km 6½ Vía a la Costa -Edificio Grace – Petroecuador. 1er Piso. -Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3200

Riobamba: Coordinación Zonal Centro (Zona 3): Av. 10 de Agosto y García Moreno (Esq.) – Edificio Costales, Piso 2, Oficina 204 – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3700

Cuenca: Coordinación Zonal Centro Sur (Zona 6): Av. Honorato Vásquez 521 y Luis Cordero – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3000

Macas: Oficina Zonal de Minas Macas: Av. Simón Bolívar y 24 de Mayo. – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3500

Zamora: Coordinación Zonal Sur (Zona 7): Zamora-Edificio de la Gobernación – José Luis Tamayo entre Diego de Vaca y Sevilla de Oro 3er. Piso. – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3909

Loja: Oficina Zonal de Minas Loja: Av. José Antonio Eguiguren y Lauro Guerrero – Edificio Amauta. – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3400

Machala: Oficina  Zonal de Minas Machala: Av. Guayas entre Pichincha y Arizaga. Edificio Atlántico, Mezanine. – Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3600

 

Contacto

Nombre: Operadora
Teléfono: (02) 3976000 ext 1000
Correo: atencion.ciudadano@energiayminas.gob.ec